En la Cámara Argentina de Comercio se reunieron las partes del convenio de empleados mercantiles. El encuentro derivó en un nuevo acuerdo, por un período limitado a seis meses, a la espera de que para el semestre siguiente se desacelere la tasa de inflación de referencia.
La cámara empresaria informó que "en el acuerdo se estableció un aumento de los básicos de convenio del 20% a partir de abril de 2016 hasta el 30 de septiembre, y dos pagos no remunerativos de $1.000 que se harán efectivos entre el 1º y el 7 de abril y entre el 1º y 7 de junio respectivamente".
Y si bien el incremento convenido es para los salarios básicos de los casi un millón de trabajadores mercantiles, la CAC aclaró que "el incremento del 20% se aplicará a los adicionales previstos en los artículos 23, 30 y 36 del citado convenio. El adicional especial previsto en el artículo 18 del Acuerdo Colectivo suscripto el 22 de junio de 2011, se establece en $7.132,32 anuales a partir de abril de 2016, también se aplicará proporcionalmente a la jornada laboral cumplida".
El adicional especial subirá en abril a un piso de 7.132 pesos
A su vez, para los próximos doce meses, "a partir de abril próximo se estableció un aporte a cargo de los trabajadores afiliados a la Obra Social de Empleados de Comercio (Osecac) de $100 mensuales. En ningún caso el trabajador podrá solicitar que el empleador se haga cargo del pago directo de dicha obligación o reclamar su reintegro cualquiera sea la forma de liquidación de su remuneración", destacó la CAC, que preside Carlos de la Vega.
También se ratificó la constitución de la Comisión de Interpretación y Resolución de Conflictos que actuará de oficio o a pedido de cualquiera de las partes que se encuentren en conflicto y que deberá expedirse en un plazo máximo de 30 días. Durante dicho plazo las partes en conflicto deberán abstenerse a tomar medidas de acción directa.
Adicionalmente, las partes acordaron que "los sindicatos otorgarán la financiación por deudas en concepto de cuotas sindicales que mantengan las empresas, con una tasa de interés equivalente al 50% de las que percibe la AFIP".
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