La asociación civil venezolana Espacio Público, el Colegio Nacional de Periodistas (CNP) y la Asociación Civil Expresión Libre interpusieron este 28 de julio, ante el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ), una demanda de protección y una solicitud de amparo cautelar contra la declaraciones y amenazas hacia el canal de noticias NTN24 por parte del director de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), William Castillo, que dieron lugar a una restricción indebida del libre ejercicio del derecho a la libertad de expresión y de comunicación de ese medio de comunicación.
El 11 de febrero de 2014 Conatel emitió un comunicado donde señala que se "evidencia" la "violencia" presentada en la cobertura mediática de ciertos medios de comunicación y los tilda de mantener como finalidad la apología al odio y la alteración a la paz pública. Posteriormente, el 12 de febrero, el organismo, bajo las órdenes del presidente de la República, saca del aire al canal de noticias NTN24 de las operadoras de televisión por cable.
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La decisión de Conatel fue dada a conocer por el propio William Castillo, quien indicó que un canal internacional "no puede llegar a ofender a un país con una cobertura y un tratamiento inmisericorde", al tiempo que criticó que la programación de este canal se basaba fundamentalmente en transmitir a los voceros que estaban llamando a la desestabilización y a la agresión en el país.
Tras la salida de NTN24, el 16 de febrero CONATEL procedió a bloquear sus páginas web: www.ntn24.com y www.portalntnt24.co. Una práctica que se mantiene de manera constante con diversos dominios.
En la demanda interpuesta, se refleja la gravedad de la censura de un medio de comunicación. Acciones como ésta constituyen un paso más a la arbitrariedad por parte de CONATEL y del Estado venezolano de impedir que medios de comunicación con opiniones e ideas críticas al gobierno puedan libremente expresarse ante la sociedad, lo que implica una violación directa a los principios elementales del derecho a la libertad de expresión, donde la naturaleza de este derecho radica en ser justamente la piedra angular de toda sociedad democrática.
"Acciones como ésta constituyen un paso más a la arbitrariedad por parte de CONATEL y del Estado venezolano"
Los demandantes expresan que con un nivel tan alto de censura en los medios de comunicación críticos al gobierno, se violenta con la doble dimensión del derecho a la libertad de expresión, donde se impide que el de individuo pueda opinar y expresarse libremente por cualquier medio; así como también que el colectivo deje de recibir y percibir informaciones por cualquier vía. Tal violación a estos aspectos refleja una mayor amenaza para los ciudadanos venezolanos de quedar desinformados ante temas de los cuales tienen el derecho de conocer, opinar y criticar.
La demanda señala que durante la salida del aire del canal de noticias NTN24 se omitió la realización de cualquier procedimiento legal para éstos poder ser procesados y debidamente enjuiciados según los parámetros de la ley, violando de esta manera el derecho constitucional del debido proceso.
De los puntos más álgidos, evidencian los demandantes, el de la monopolización ideológica, término que fue extraído del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y que en definitiva expresa la ocupación de los medios de comunicación de un país por parte de un grupo económico o político dominante con la finalidad de hacerse suyo la red comunicacional de país; hechos que contraviene con el principio democrático y del derecho de la libertad de expresión en consagrar y mantener una pluralidad de opiniones, incluso aquellas que no sean de agrado para la sociedad o críticas al sistema de aquél entonces del Estado.
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