El Congreso remitió este jueves al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) el expediente sobre el líder de Renovación Popular, Rafael López Aliaga —proclamado senador aunque decidió no asumir el cargo—, para que determine si corresponde declarar improcedente su candidatura a teniente alcalde de Lima.
La comunicación oficial, firmada por el presidente del Legislativo, Fernando Rospigliosi, notificó a Roberto Burneo, presidente del JNE, sobre la situación del excandidato presidencial y su decisión “expresa, voluntaria e irrevocable de no juramentar ni asumir el referido cargo”.
La documentación abarca tanto las cartas de López Aliaga como un informe de la Oficina Legal y Constitucional del Parlamento, que concluyó que no existe “regulación expresa para este supuesto y mientras el senador electo no se incorpore al Congreso, corresponde al JNE resolver la situación planteada”.
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El Congreso incluyó todos los escritos y documentos de respaldo para que el tribunal electoral determine lo pertinente. En la víspera, el líder político informó de forma oficial su decisión “definitiva” de declinar a la senaduría y solicitó que esa decisión sea comunicada al máximo órgano electoral.
De igual modo, pidió que se notifique al organismo para anular su credencial entregada la semana pasada y posibilitar la convocatoria de su accesitario, Absalón Vásquez.
Recordó además haber informado “de forma” expresa su negativa a jurar y asumir el cargo mediante cartas remitidas al JNE y a la mesa directiva los días 19 y 22 de junio.
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Y mencionó que, según la normativa parlamentaria, los senadores electos “deben presentar una declaración jurada de ingresos, bienes y rentas, así como otra documentaciónobligatoria, para poder ejercer el cargo”, pero anticipó que él no lo hará porque “desde antes del vencimiento de dicho plazo” notificó su “decisión irrevocable”.
“Esperar únicamente el acto formal de instalación (como senador) implicaría mantener innecesariamente vacante un escaño cuya representación corresponde a la organización política y, en definitiva, a los ciudadanos que respaldaron nuestra candidatura en las urnas”, sostuvo.
Destacó que la irrenunciabilidad del cargo de senador, “establecida en el artículo 18 del Reglamento del Congreso”, solo afecta a quienes ya juraron y se incorporaron formalmente a la institución bicameral. “No contempla el supuesto excepcional de quien, habiendo resultado electo, comunica anticipadamente y de forma definitiva que no llegará a incorporarse al cargo”, señaló.
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Subrayó, asimismo, que existen precedentes en los que el JNE anuló la credencial a regidores que notificaron su negativa antes de asumir funciones.
“Corresponde que el Jurado (...) adopte las medidas necesarias para dejar sin efecto la credencial otorgada a mi favor y convoque al candidato no proclamado de la lista senatorial de Renovación Popular que, de acuerdo con el orden de prelación determinado por la votación obtenida, tiene derecho a asumir dicho escaño”, concluyó.
Previamente, el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro había declarado improcedente su candidatura a teniente alcalde de la municipalidad capitalina en una fórmula que encabeza el médico Luis Rubio.
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