La violencia familiar continúa siendo uno de los problemas sociales más graves en el Perú. Mujeres, niñas, niños, adolescentes y otros integrantes del grupo familiar pueden ser afectados por agresiones físicas, psicológicas, sexuales o económicas que ocurren tanto dentro como fuera del hogar. Frente a estas situaciones, muchas víctimas desconocen que existen mecanismos de protección inmediatos y servicios gratuitos del Estado diseñados para brindar ayuda especializada.
La legislación peruana, a través de la Ley N.° 30364, establece medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Además, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), mediante el programa Warmi Ñan, pone a disposición una red nacional de atención que incluye asesoría legal, apoyo psicológico, refugios temporales y canales de denuncia que funcionan las 24 horas del día.
¿Dónde denunciar un caso de violencia familiar y quiénes pueden hacerlo?
Una de las principales preocupaciones de las víctimas es saber cómo iniciar una denuncia. De acuerdo con la normativa vigente, no solo la persona afectada puede reportar una agresión. También pueden hacerlo familiares, vecinos, amigos o cualquier tercero que tenga conocimiento de los hechos, sin necesidad de contar con una autorización o poder de representación.
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Asimismo, profesionales de la salud, docentes, directores de colegios, miembros de la PNP y otras autoridades que detecten posibles casos de violencia durante el ejercicio de sus funciones tienen la obligación de informar sobre estas situaciones.
Las denuncias pueden presentarse de manera verbal o escrita ante una comisaría de la Policía Nacional del Perú o directamente ante un Juzgado de Familia. En casos que involucren a niñas, niños o adolescentes, también intervienen las Fiscalías de Familia. Si los hechos constituyen un presunto delito, la denuncia puede ser presentada ante el Ministerio Público.
Un aspecto importante es que no se requiere presentar pruebas para denunciar. La víctima no está obligada a mostrar lesiones visibles, certificados médicos ni evaluaciones psicológicas para que la denuncia sea recibida. Si existen documentos o evidencias, estos pueden ser incorporados posteriormente al proceso.
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Tampoco es obligatorio presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI). Las entidades encargadas de recibir las denuncias pueden verificar la identidad de las personas mediante los registros oficiales. Incluso las personas extranjeras o quienes no cuenten con documentos pueden acceder al sistema de protección.
La ley también reconoce la capacidad de denuncia de los menores de edad. Las niñas, niños y adolescentes pueden reportar actos de violencia sufridos por ellos mismos o por otras personas sin necesidad de estar acompañados por un adulto.
Entre las medidas de protección que pueden dictarse a favor de las víctimas figuran el retiro del agresor del domicilio, la prohibición de acercamiento, la restricción de comunicaciones por teléfono o redes sociales y la suspensión del porte de armas, entre otras disposiciones destinadas a salvaguardar la integridad física y emocional de las personas afectadas.
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Línea 100, Centros Emergencia Mujer y otros servicios gratuitos para víctimas
El Estado peruano cuenta con diversos mecanismos de atención especializada para personas afectadas por violencia contra la mujer, violencia familiar o violencia sexual. Uno de los más conocidos es la Línea 100, un servicio telefónico gratuito que brinda orientación, consejería y soporte emocional las 24 horas del día durante todo el año.
A través de esta línea, las víctimas o personas que conozcan algún caso pueden recibir información sobre los pasos a seguir y, en situaciones de alto riesgo, activar intervenciones urgentes en coordinación con otras instituciones.
Otra herramienta disponible es el Chat 100, un servicio de atención por internet que ofrece orientación psicológica en tiempo real. Este canal es confidencial y está dirigido especialmente a personas que enfrentan situaciones de violencia en relaciones de pareja, enamoramiento o dentro del entorno familiar.
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Los Centros Emergencia Mujer (CEM) constituyen uno de los principales pilares de atención. Estos espacios especializados ofrecen acompañamiento legal, asistencia psicológica y apoyo social de manera gratuita. Actualmente existen cientos de sedes distribuidas en todo el país, incluyendo centros ubicados dentro de comisarías que funcionan las 24 horas.
Cuando la situación representa un riesgo moderado o severo para la víctima, interviene el Servicio de Atención Urgente (SAU). Este mecanismo moviliza equipos especializados hasta el lugar donde se encuentra la persona afectada para brindar atención inmediata y coordinar acciones de protección con las entidades competentes.
En las zonas rurales y comunidades indígenas opera el Servicio de Atención Rural (SAR), diseñado para facilitar el acceso a la justicia con enfoque intercultural. Sus equipos trabajan en diversas regiones del país brindando orientación, prevención y acompañamiento a personas afectadas por hechos de violencia.
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Además, existen los Hogares de Refugio Temporal (HRT), espacios seguros destinados a mujeres que enfrentan situaciones de alto riesgo, especialmente cuando existe peligro de feminicidio o amenazas graves contra su integridad física y mental. Estos refugios también brindan protección a sus hijos menores de edad y ofrecen alimentación, atención psicológica, asistencia social y acompañamiento permanente.
Otro servicio impulsado por el MIMP es la Asistencia Económica, dirigida a hijas e hijos de víctimas de feminicidio. Este apoyo busca garantizar la continuidad de estudios y contribuir al desarrollo integral de niñas, niños, adolescentes y jóvenes que hayan perdido a sus madres a causa de este delito.