Jóvenes estudiantes de entre 20 y 28 años recibirán un bono de S/10 mil para comprar su primer departamento: los detalles

La modificación planteada por el Ministerio de Vivienda alcanza a los jóvenes jefes de familia que acrediten un ingreso mínimo y cursen estudios universitarios o técnicos. ¿Deberán tener hijos?

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La medida pretende reducir el déficit habitacional en Perú, que supera los 1,9 millones de viviendas, beneficiando especialmente a familias jóvenes que buscan comprar su primera casa.

Un proyecto de Resolución Ministerial presentado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) propone modificar el Reglamento Operativo del Bono Familiar Habitacional (BFH), abriendo la posibilidad de un subsidio adicional específico para jóvenes estudiantes que buscan adquirir su primera vivienda en Perú.

La propuesta, materializada mediante la Resolución Ministerial N.° 214-2026-VIVIENDA este martes 2 de junio, introduce un incentivo dirigido a jefes de familia jóvenes y suma cambios relevantes en los mecanismos de financiamiento, requisitos y fiscalización del programa Techo Propio.

Un subsidio adicional que podría sumar S/10 mil al bono principal

El documento oficial plantea que los jefes de familia de entre 20 y 28 años (ojo, no necesariamente deberán tener hijos), que acrediten estar cursando los últimos años de una carrera universitaria o técnica, recibirán un subsidio extra del 25% sobre el BFH vigente en la modalidad de compra de vivienda nueva.

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Usando como referencia el monto oficial para 2026, este beneficio adicional se traduce en un apoyo cercano a S/10,000, además del bono principal. La cifra final dependerá del valor del BFH que se fije en la convocatoria anual, ya que el subsidio se ajusta cada año y el monto de S/37,625 se toma solo como ejemplo vigente para ilustrar el caso.

El subsidio adicional planteado para jefes de familia jóvenes equivaldría al 25% del BFH vigente, sumando cerca de S/10.000 al bono principal para la compra de vivienda nueva.

El Bono Familiar Habitacional es un subsidio económico directo y no reembolsable, entregado una sola vez por el Estado peruano a través del programa Techo Propio y el Fondo MIVIVIENDA. Su finalidad es facilitar la compra, construcción o mejora de una vivienda de interés social para familias de bajos recursos, sin exigir historial crediticio previo.

Para acceder en el presente ejercicio, se requiere conformar un grupo familiar, acreditar un ingreso mensual no mayor a S/2,706, no haber recibido apoyo habitacional anterior y contar con un ahorro mínimo, que para la modalidad de compra suele ser de S/2,475.

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¿Nuevas alternativas de financiamiento para la vivienda social?

El proyecto introduce otras modificaciones al Reglamento Operativo del BFH, entre las que destaca la ampliación de los esquemas de financiamiento. Ahora se reconoce, junto al crédito hipotecario tradicional, el crédito complementario habitacional no hipotecario otorgado por instituciones financieras intermediarias con recursos propios.

También se incorpora la posibilidad de estructurar proyectos habitacionales a través de fideicomisos de titulización donde intervenga el Fondo MIVIVIENDA, lo que diversifica las fuentes de financiamiento y puede facilitar la ejecución de proyectos de vivienda social.

En el plano de los controles y garantías, la propuesta endurece los requisitos para el desembolso y la liberación de fondos. El financiamiento complementario exigirá garantías por el 105% del valor de la vivienda de interés social, con reducciones progresivas a medida que la obra avance y se cumplan condiciones técnicas y legales. Solo tras la verificación de la entrega y la inscripción registral de la vivienda sin cargas podrá liberarse la garantía en su totalidad.

La modificación al BFH amplía las opciones de financiamiento, incorporando créditos habitacionales complementarios y fideicomisos de titulización gestionados por el Fondo MIVIVIENDA.

Más controles y garantías para evitar fraudes y proteger al beneficiario

A nivel operativo, el texto refuerza los controles para evitar fraudes y asegurar el uso correcto del subsidio. Los beneficiarios deberán ocupar la vivienda con fines habitacionales al menos durante 5 años y no podrán transferir ni gravar la propiedad para otros fines en ese lapso. El incumplimiento implicará la devolución total del beneficio y la exclusión permanente del programa.

Adicionalmente, el proyecto establece la pérdida de elegibilidad si se detecta que algún miembro del grupo familiar tiene vínculos de primer grado con el anterior propietario del inmueble, buscando prevenir simulaciones y direccionamiento indebido de los subsidios.

El proyecto también contempla la gestión de proyectos paralizados. El Fondo MIVIVIENDA dispondrá de 180 días para cancelar códigos de proyectos sin avance, permitiendo que las entidades financieras intervengan para ejecutar o recuperar la obra. El plazo para que el FMV adapte sus sistemas internos y procedimientos a las nuevas reglas será de 6 meses desde la entrada en vigor de la resolución.

El proyecto también endurece los controles y exige garantías del 105% sobre la vivienda, con liberaciones progresivas, y obliga a los beneficiarios a habitar la propiedad al menos cinco años.

El impacto potencial de la medida y los próximos pasos oficiales

En Perú, el déficit habitacional supera los 1.9 millones de viviendas. Unas 587,000 familias no tienen casa propia o viven hacinadas, mientras que alrededor de 1.3 millones residen en hogares precarios o sin servicios básicos.

Aunque la propuesta normativa aún no está vigente y su aprobación definitiva podría tomar tiempo, su eventual implementación ampliaría las oportunidades de acceso a la vivienda para jóvenes estudiantes y diversificaría las alternativas de financiamiento.

El monto definitivo del subsidio adicional dependerá del ajuste anual del BFH, por lo que las cifras actuales son solo referenciales hasta que el proyecto se materialice oficialmente. En la práctica, la definición de esta nueva bonificación quedará en manos del próximo gobierno.