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El TC ya tiene en agenda la demanda de Renzo Reggiardo contra el JNE: “Esperemos que se resuelva en 60 días”

Magistrado Gustavo Gutiérrez indicó que en las próximas semanas se decidirá si se otorga una medida cautelar que podría afectar el proceso electoral en curso

Alcalde de Lima busca paralizar las elecciones generales. Foto: MML

El Tribunal Constitucional ya tiene en agenda la demanda planteada por la Municipalidad Metropolitana de Lima contra el Jurado Nacional de Elecciones para que se vuelva a evaluar la viabilidad de “elecciones complementarias” en Lima.

Así lo dio a conocer el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse en entrevista con RPP Noticias. El tribuno indicó que es un “tema sumamente importante”, que este “ya está en la agenda del del Tribunal” y “merece algún nivel de prioridad”.

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“Por eso que se ha colocado de forma inmediata la agenda y seguramente ya en los siguientes semanas van a tener que vamos a tener que tomar alguna decisión respecto a la medida cautelar y tratar de optimizar lo más pronto posible el proceso competencial”, indicó.

Al ser consultado cuánto tiempo demoraría el TC en resolver la demanda competencial, Gustavo Gutiérrez indicó que este tipo de procesos son “un poco largos, que duran entre 4 y 6 meses, pero esperamos que esto sea por lo menos en unos 60 días”.

En efecto, la demanda competencial fue presentada por el alcalde Renzo Reggiardo el 4 de mayo y hasta el momento no ha sido admitida ni evaluada por el Tribunal Constitucional. Cabe precisar que también se pidió una medida cautelar para suspender la proclamación de resultados.

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El magistrado del Tribunal Constitucional, Gustavo Gutiérrez Ticse. Foto: TC

MML presiona

La Municipalidad Metropolitana de Lima presentó ante el TC una demanda de conflicto competencial contra el JNE con el objetivo de anular el acuerdo adoptado por el Pleno del organismo electoral el 23 de abril de 2026, mediante el cual se declaró inviable la realización de elecciones complementarias en la capital tras los fallos logísticos de la jornada del 12 de abril.

El argumento central de la demanda no gira en torno a la defensa directa del derecho al voto, sino a un supuesto “menoscabo” de las funciones municipales. La MML sostiene que, al cerrar las vías institucionales para reparar las fallas electorales, el JNE trasladó hacia la comuna limeña la carga de gestionar la “conflictividad urbana” derivada de la controversia, lo que afectaría competencias metropolitanas en materia de seguridad ciudadana, tránsito, conservación de infraestructura, turismo y protección del Centro Histórico de Lima.

El documento afirma que las movilizaciones sociales originadas por la insatisfacción electoral generarían costos extraordinarios en personal, limpieza y conservación del patrimonio, que la MML no debería asumir. Bajo esa lógica, la municipalidad vincula su competencia de “velar por la seguridad y el ornato” con la validez de un proceso electoral de alcance nacional.

Pleno del Jurado Nacional de Elecciones. Foto: JNE

Entre las exigencias del petitorio, la MML solicita que el TC declare la nulidad del acuerdo del JNE y ordene al organismo electoral emitir un nuevo pronunciamiento “en plazo breve y razonable, con motivación reforzada, evaluando alternativas focalizadas de tutela del sufragio”. La demanda aclara, no obstante, que “no pretende que el TC sustituya al JNE en la decisión electoral de fondo, ni que convoque directamente a una nueva votación”.

El 8 de mayo, la MML amplió su ofensiva legal ante el TC con una solicitud de medida cautelar para suspender los efectos del acuerdo impugnado. El texto advertía que, de no prosperar esa medida, el proceso electoral avanzaría hacia la segunda vuelta “consolidando una situación de exclusión” que convertiría cualquier fallo futuro del tribunal en una “declaración meramente académica”. La municipalidad calificó la medida solicitada como de “alcance quirúrgico”, al precisar que no buscaba anular las elecciones ni reemplazar las funciones técnicas del JNE.

El JNE había rechazado por unanimidad la figura de las elecciones complementarias, con el argumento de que dicha figura no está contemplada en la Ley Orgánica de Elecciones para procesos generales y que una nueva jornada pondría en riesgo el cronograma de la segunda vuelta y la asunción del nuevo gobierno. El organismo también señaló que el ausentismo respondía a factores múltiples —socioeconómicos, desafección política y dificultades logísticas— y no únicamente a la instalación tardía de mesas.

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