Congreso propone ampliar plazo para la negociación colectiva: ¿Hasta cuándo?

El mayor plazo no implicará que los beneficios se tardarán en aplicarse. Alex Paredes de Somos Perú propone que el nuevo tiempo genere negociaciones formales con resultados concretos

Si se aprueba la Ley, la negociación colectiva descentralizada podría ir hasta el 31 de agosto de este año. - Crédito Minsa

La negociación colectiva ya empezó este 2026. Los gremios de trabajadores estatales ya enviaron su propuesta de Convenio Colectivo 2026-2027 al Poder Ejecutivo, donde detallan aumentos, montos y más beneficios que consideran que los diferentes regímenes de empleados deben percibir.

Como se sabe, el ciclo negocial inició el 1 de noviembre, con el inicio del periodo de presentación de proyectos de convenios colectivos, y concluyé el 30 de junio de este año. Pero se tendrá hasta el 15 de julio, en caso del nivel descentarlizado, incluyendo arbitraje, para definirlo.

Ahora un proyecto de ley plantea que este plazo se extienda, inclusive hasta el 31 de agosto de cada año. Si se aplicara este 2026, por ejemplo, eso permitiría que la negociación ya no se termine con el gobierno de José Jerí, sino con el presidente elegido en las Elecciones de este 2026.

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Aumentos, bonos y más. Ya empezó la negociación colectiva para buscar más beneficios para los trabajadores del Estado. - Crédito Andina

Buscan ampliar plazo de la negociación colectiva

Como se sabe, la negociación colectiva es ese proceso en el que los gremios de trabajadores estatales y el Gobierno acuerdan una serie de beneficios, ya sean monetarios u otros, para los empleados en el sector público y que aplican desde el año posterior al convenio que se firma.

Este se acuerda, con todos los proceso detallados, hasta el 15 de julio de cada año. Sin embargo, un nuevo proyecto de ley plantea que el plazo sea mayor.

“La finalidad de la ley es garantizar el ejercicio efectivo del derecho constitucional a la negociación colectiva, evitando que los plazos legales se conviertan en un obstáculo para acuerdos reales y sostenibles, asegurando que el trato directo, la conciliación y el arbitraje, cuenten con plazos razonables, efectivos, garantizando la vigencia económica de los acuerdos y el principio de previsión presupuestal”, acota la propuesta de Alex Paredes, congresistas de Somos Perú, conocido por sus propuesta laborales y que involucran a los trabajadores estatales.

La negociación colectiva para el 2026 ya empezó. - Crédito Andina

Así, la ley permitiría que la negociación colectiva descentralizada pueda extenderse hasta el 31 de agosto de cada año. casi 45 días más para que el gobierno y los gremios puedan ponerse de acuerdo y, según el proyecto, venir con mejores y más concretas propuestas.

Así cambiarían los plazos

De esta manera, así serían los nuevos plazos para la presentación del convenio colectivo descentralizado:

  1. El proyecto de convenio colectivo se presenta ante la entidad pública correspondiente entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre del año fiscal en curso, atendiendo a las particularidades presupuestales, organizacionales y administrativas del respectivo ámbito
  2. El trato directo debe iniciarse dentro de los 10 días de presentado el proyecto de convenio colectivo. Excepcionalmente, por causas debidamente motivadas vinculadas a la disponibilidad presupuestal, organización interna o complejidad del ámbito de negociación, dicho plazo podrá ampliarse hasta un máximo de 30 días calendario, bajo responsabilidad del titular de la entidad
  3. De no llegarse a un acuerdo en el trato directo, las partes pueden recurrir a la conciliación, la cual podrá desarrollarse hasta por 30 días calendario, contados desde la culminación del trato directo
  4. De persistir el desacuerdo, cualquiera de las partes podrá requerir el inicio del arbitraje potestativo, el cual deberá concluir como máximo el 31 de agosto del año fiscal correspondiente, salvo que las organizaciones sindicales opten por el ejercicio del derecho de huelga conforme a la normativa vigente.
José Jerí y el Ejecutivo tienen la propuesta del convenio colectivo en su cancha. - Crédito MEF

Así, también señala que la "negociación colectiva descentralizada no se encuentra supeditada al cierre previo de la negociación colectiva centralizada, debiendo desarrollarse con plena observancia del principio de buena fe negocial y del principio de previsión presupuestal".

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