Pleno del Congreso debatiría hoy nuevo informe de la Comisión de Justicia que recomienda la remoción de la JNJ

A pesar de que en un primer documento se mencionaba que no había ninguna falta grave por parte de los miembros de la Junta Nacional de Justicia; el fujimorismo, Renovación Popular, Acción Popular y la izquierda realizaron un nuevo informe para ejecutar una destitución exprés.

Guardar

Nuevo

Miembros de la Junta Nacional de Justicia, organismo encargado de nombrar, ratificar y destituir a los jueces y fiscales en el Perú.
Miembros de la Junta Nacional de Justicia, organismo encargado de nombrar, ratificar y destituir a los jueces y fiscales en el Perú.

El Pleno del Congreso de la República debatiría hoy, desde las 10:00 horas de la mañana, el nuevo informe de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos que recomienda la remoción total de los siete miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por presuntas faltas graves en el ejercicio de sus funciones. Se requieren de 87 votos para destituir a Imelda Tumialán, Aldo Vásquez, Henry Ávila, Antonio de la Haza, María Zavala, Guillermo Thornberry e Inés Tello.

A pesar de que inicialmente se conoció de un documento del grupo de trabajo liderado por Janet Rivas (Perú Libre), donde se mencionaba que los integrantes de la JNJ no cometieron ninguna infracción y se desestimaron todas las imputaciones de la legisladora Patricia Chirinos (Avanza País), todo cambió por la evidente presión del fujimorismo y sus bancadas aliadas como Renovación Popular, Acción Popular, Alianza para el Progreso y Perú Libre.

Tras leerse las conclusiones del informe de la Comisión de Justicia, parlamentarios como Héctor Ventura, Patricia Juárez y Gladys Echaíz cuestionaron duramente el contenido porque no coincidían con sus intereses de sacar a todo el pleno de la JNJ. Por esa razón, y en coordinación con el izquierdista Flavio Cruz, plantearon que se pase a un cuarto intermedio para redactar nuevamente el informe con nuevas recomendaciones.

Recién a las 21:00 horas de ayer es que se volvieron a reunir. Así, con 15 votos a favor, tres en contra y dos abstenciones, se aprobó el nuevo informe exprés de la comisión. Ahora, sustentaron su posición de destituir a toda la JNJ por supuestamente haber infringido el artículo 156 de la Constitución Política que está referido a la edad de los miembros de la institución.

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos aprobó, por mayoría, el informe final en el que recomienda la remoción de los magistrados de la JNJ - crédito: Congreso de la República
La Comisión de Justicia y Derechos Humanos aprobó, por mayoría, el informe final en el que recomienda la remoción de los magistrados de la JNJ - crédito: Congreso de la República

“Esta comisión concluye que respecto de los señores miembros de la Junta Nacional de Justicia se encuentra causa grave por incumplir con el artículo 156 inciso 3 de la Constitución; debido a que, según la exposición de motivos de la ley de reforma constitucional de dicho artículo, la interpretación de dicha exposición se refería a una edad para la permanencia en el cargo y no solo como requisito para postular. Por tanto, se debe proceder confirme al artículo 157 de la Constitución”, se leer en el nuevo informe.

En rigor, los miembros de la Comisión de Justicia buscan la salida de toda la JNJ por haber permitido la permanencia de la magistrada Inés Tello. Alegan que ella no debió ser integrante por haber superado los 75 años que es la edad legal para ser parte de la entidad que se encarga de nombrar, ratificar y destituir a jueces y fiscales en el Perú.

Sin embargo, desestimaron un informe clave de Servir del 9 de setiembre del 2020. En el documento 001381-2020-SERVIR-GPGSC de la Gerencia de Políticas de Gestión se indica claramente que a los magistrados de la JNJ no se les puede aplicar el artículo 49 de la Ley del Servicio Civil (cese al alcanzar 70 años) ya que es un órgano colegiado. Además, establecen claramente las causales de vacancia del colegiado.

  • Por muerte
  • Por renuncia
  • Por vencimiento del plazo de designación
  • Por tener resolución judicial firme condenatoria por delito común. Para tal efecto, el Poder Judicial y la parte procesal deben poner en conocimiento de quien preside la Junta Nacional de Justicia de tal hecho, adjuntando la sentencia para los fines correspondientes
  • Por haber sentencia firme por delito de violencia contra la mujer o los integrantes del grupo familiar, de conformidad con la ley de la materia
SERVIR concluyó que la restricción etaria de entre 45 y 75 años aplica únicamente a la etapa de postulación. Foto: composición/IDL-Reporteros
SERVIR concluyó que la restricción etaria de entre 45 y 75 años aplica únicamente a la etapa de postulación. Foto: composición/IDL-Reporteros
  • Por reunirse con las personas involucradas en los procedimientos a su cargo fuera del horario de atención de la institución
  • Por separación del cargo por alguno de los impedimentos y prohibiciones establecidas en la presente ley
  • Los que por algún motivo se encuentren impedidos de ejercer las funciones inherentes al cargo

“No comparto la decisión porque hay sectores que señalan que ni siquiera se puede hacer una exhortación al Congreso de la República. No hay una falta grave por parte de la JNJ. Hay un abuso en el control político del Congreso”, aseveró la parlamentaria Ruth Luque (Cambio Democrático) tras realizarse un nuevo informe express contra la JNJ a la salida de la Comisión de Justicia.

Pasará a la SAC

Tras aprobarse el informe en la Comisión de Justicia, el siguiente paso del fujimorismo y sus bancadas aliadas será denunciar constitucionalmente al pleno de la JNJ para lograr su objetivo: inhabilitarlos de la función pública.

El congresista Esdras Medina (Unidad y Diálogo), quien es un conocido promotor de las antireformas en el sector educativo, será el encargado de sustentar el nuevo documento ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.

Guardar

Nuevo

Más Noticias

MÁS NOTICIAS