Mauricio Macri tendrá la palabra final sobre la extradición de Facundo Jones Huala a Chile

Después del fallo de la Corte, ahora es la Cancillería argentina –previa consulta con el presidente– la que deberá expedirse sobre el requerimiento del lonko mapuche de ser juzgado en la Argentina

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(Gentileza Bariloche2000)

Confirmada por unanimidad la extradición a Chile de Facundo Jones Huala por la Corte Suprema de Justicia, es probable que el lonko mapuche sea trasladado de Esquel, donde cumple prisión domiciliaria en la casa de su abuela, a algún establecimiento carcelario en la Capital Federal para garantizar su entrega a la justicia chilena.

Eso deberá decidirlo en las próximas horas el juez federal subrogante en Bariloche, Gustavo Villanueva, quien ya fue notificado sobre el pronunciamiento del máximo tribunal, que respaldó ampliamente sus argumentos jurídicos para concederle la extradición al vecino país.

En su fallo, la Corte también avaló el dictamen del procurador general de la Nación, Eduardo Casal, quien había recomendado que se le informara a la justicia trasandina los 13 meses en que Jones Huala permaneció detenido con prisión preventiva, en el caso de que sea condenado por los delitos de incendio en lugar habitado y tenencia de arma de fuego de fabricación artesanal caseras.

La ley chilena establece penas de entre 10 y 20 años de reclusión para el primero de los delitos que se le imputan y de tres a 10 años por la tenencia ilegal de armas.

La justicia argentina no hizo lugar en la extradición a la imputación de Chile por la violación de la ley de extranjería por el ingreso clandestino al país, debido a que esa figura no está tipificada como delito en el Código Penal argentino. Debe existir una doble incriminación, es decir, constituirse en delito en ambos países para que la justicia local sopesara ese hecho.

Antecedentes

En febrero pasado cuando Chile juzgó al grupo de mapuches que incendiaron la vivienda habitada en un latifundio de Pisú Pisué, en la región de la Araucanía, solo una machi (líder espiritual) fue condenada a seis meses de prisión en suspenso. El resto de los imputados fue sobreseído.

La situación procesal del lonko mapuche en Chile, no obstante, es diferente: no solo porque violó su libertad condicional y eludió a la justicia chilena al escaparse a la Argentina, sino también porque fue el único del grupo que portaba armas de fuego de fabricación casera.

Todo indica que Chile enviará a los dos carabineros que deberán trasladarlo para ser juzgado allí con máxima celeridad, habida cuenta del antecedente de fuga y del extenso derrotero que sufrió su proceso de extradición aquí.

Sin embargo, la ley de Cooperación Internacional en Materia Penal (24.767) que rige las extradiciones contempla una serie de requisitos legales que deberán cumplimentarse.

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Dictada la procedencia de extradición por la Corte, es ahora la Cancillería argentina –previa consulta con el presidente Mauricio Macri– la que deberá expedirse sobre el requerimiento del lonko mapuche de ser juzgado en este país. Según fuentes oficiales, Macri rechazaría de plano esa opción.

El canciller Jorge Faurie tiene ahora un plazo máximo de diez días hábiles para emitir su pronunciamiento que deberá rubricarlo el Presidente y comunicárselo a la embajada de Chile en la Argentina para que la justicia de ese país disponga que las fuerzas de seguridad trasandinas viajen para trasladar al lonko. De acuerdo con las disposiciones de la ley, Chile cuenta con un plazo perentorio de 40 días para efectuar esa diligencia.

Según fuentes judiciales consultadas por Infobae, no es usual que la Cancillería se oponga a una extradición para que el imputado pueda ser juzgado en el país como requirió Jones Huala. "En los últimos 20 años solo hubo casos aislados y todos respondieron a cuestiones humanitarias de salud", señalaron.

No es la situación de Jones Huala, que en un plazo máximo de 50 días podría estar en Chile para ser juzgado.