Casación revisará la participación de la UIF como querellante en una causa de lavado vinculada a Cuadernos

El máximo tribunal penal del país admitió tratar los planteos contra la intervención del organismo como acusador particular, avalada por el Tribunal Oral Federal 7, en una causa derivada de esa investigación

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Comodoro Py (EFE)

La Cámara Federal de Casación Penal habilitó este martes la revisión de la participación de la Unidad de Información Financiera (UIF) como querellante en un expediente que investiga presuntas operaciones de lavado de activos como un desprendimiento de la causa conocida como los “Cuadernos de la corrupción”, donde a partir de noviembre se juzgarán las supuestas coimas en la obra pública durante las presidencias de Néstor Kirchner y Cristina Fernández.

En diversas instancias, la Justicia avaló la intervención de ese organismo como querellante en aquellas causas iniciadas con anterioridad a la decisión del Gobierno Nacional de limitar su intervención, mediante un decreto firamdo este año.

La decisión fue adoptada por la Sala III del máximo tribunal penal del país, y llevó la firma de los camaristas Carlos Mahiques y Mariano Borinsky, quienes hicieron lugar a las quejas interpuestas por las defensas de los imputados Miguel Ángel Plo, María Jesús Plo y Federico Zupicich.

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Se trata de la causa CFP 17459/2018, iniciada por el fallecido juez federal Claudio Bonadio como un derivado del expediente principal de “Cuadernos”, para investigar posibles maniobras de lavado de dinero originadas en las actividades ilícitas señaladas en las anotaciones del chofer Oscar Centeno. Entre la decena de involucrados figuran el ex secretario privado de Néstor Kirchner, Daniel Muñoz –fallecido en 2016–, su viuda Carolina Pochetti y sus abogados Miguel Ángel Plo, María Jesús Plo y Federico Zupicich.

Julio De Vido, Cristina Kirchner y José López, imputados en la causa "Cuaddernos" (Télam)

En efecto, fueron las defensas de Plo y Zupicich las que solicitaron una revisión del fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°7 porteño, que había ratificado la intervención de la UIF en calidad de acusador particular en el proceso. En sus agravios, alegaron “vicios” en la constitución del organismo bajo el rol de querellante dentro de este expediente, por lo cual pidieron que se declaren nulos todos los actos procesales promovidos por su parte.

Los planteos incluyeron, además, la invocación del Decreto 274/2025, suscripto el 16 de abril de este año por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona, que entre otras medidas derogó el Decreto 2226/2008. Esa norma había autorizado a la UIF a participar como acusadora en los procesos penales vinculados a la Ley 25.246 de lavado de activos.

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En los considerandos del decreto, el Poder Ejecutivo sostuvo que “en el ámbito de las Unidades de Inteligencia Financiera del mundo la Unidad de Información Financiera (...) de la República Argentina es un caso aislado respecto a la facultad de querellar prevista en el Decreto N° 2226/08” y recordó que, según el artículo 120 de la Constitución Nacional, “el Ministerio Público Fiscal, como órgano independiente, con autonomía funcional y autarquía financiera, es el encargado de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad”.

El fallecido secretario de Néstor Kirchner, Daniel Muñoz, fue uno de los apuntados por presuntas maniobras de lavado de dinero

El texto añadió que el esquema vigente “superpone la actividad de ambos organismos con el consecuente gasto de recursos humanos y económicos que conlleva y el riesgo de incurrir en contradicciones en el obrar”. Por ello, concluyó que “a los fines de dotar al funcionamiento de Unidad de Información Financiera de una mayor autonomía, eficacia y eficiencia, en pos de evitar una ‘Influencia o Interferencia Indebida’ en los términos de las recomendaciones del GAFI (…) corresponde derogar el Decreto N° 2226/08”.

A la hora de admitir las quejas presentadas por reunir los ”requisitos de admisibilidad y fundamentación” previstos en el Código Procesal Penal de la Nación, los camaristas Mahiques y Borinsky autorizaron “la apertura de la instancia casatoria” y habilitaron “el conocimiento de esta Sala, sin que ello implique adelantar opinión sobre el fondo del asunto”.

Por otro lado, la megacausa "Cuadernos”, que reveló una presunta trama de pagos de sobornos entre 2005 y 2015 por contratistas del Estado y exfuncionarios, comenzará a debatirse en juicio oral el próximo 6 de noviembre.

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