Procesaron a tres jefes del Servicio Penitenciario Federal por el violento motín en la cárcel de Devoto al comienzo de la pandemia

La revuelta ocurrió en abril de 2020, tras confirmarse que un agente del penal estaba infectado con coronavirus. Los acusan de los delitos de abuso de autoridad y de lesiones graves

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Los informes periciales y médicos probaron la utilización de armas de fuego durante le represión.
Los informes periciales y médicos probaron la utilización de armas de fuego durante le represión.

El 24 de abril de 2020, un mes después del comienzo del aislamiento en todo el país, la cárcel de Villa Devoto fue noticia por un violento motín que duró varias horas. Los reclusos exigían medidas de seguridad tras confirmarse que un agente del Servicio Penitenciario Federal (SPF) había dado positivo de coronavirus. La revuelta terminó con la firma de un acta consensuada con una mesa de diálogo conformada con autoridades del gobierno nacional y judiciales.

Casi cuatro años después, la Justicia acaba de procesar a tres jefes del Servicio Penitenciario Federal, a los que acusa de los delitos de abuso de autoridad y de lesiones graves. Según el fallo al que tuvo acceso Infobae, los jefes penitenciarios dieron la orden para disparar “con armas de fuego y munición anti tumulto hacia la población carcelaria”.

Por la represión hubo al menos 15 heridos, muchos de ellos de gravedad. Uno de los presos recibió un disparo en la región lumbar y “presentó paraplejia de MMII y nivel sensitivo T12 con un carácter definitivo e irreversible con la pérdida de la capacidad de engendrar”. Otro recluso perdió un ojo, también por un disparo.

Los tres procesados son: Julio Jonathan Lalanda (jefe de la División Seguridad), el alcaide mayor Carlos Alegre Solís (jefe de la División Seguridad Externa del Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), y el subprefecto Sergio Antonio Ortiz (Director de Seguridad del Complejo).

La investigación estuvo a cargo del fiscal Leonel Gómez Barbella, quien pidió varias veces las indagatorias de los imputados porque “dictaron órdenes contrarias a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, a la Constitución Nacional y las leyes nacionales y no ejecutando las leyes cuyo cumplimiento les incumbía en el marco de sus respectivas funciones”.

Al momento de su declaración, Ortiz dijo que se utilizó la fuerza que “demandó el conflicto” y que estaba en riesgo la seguridad del complejo: “El procedimiento no fue excesivo ni violento, y tal como habrá de quedar expuesto la fuerza utilizada fue la que demandó el conflicto que se intentaba contener”. Y agregó: “por horas se perdió el control de la seguridad interna hacia el interior de las unidades, se iniciaron grandes y dispersos focos de incendio, destrozos de instalaciones y la población penal se encontraba además fuertemente armada con elementos de fabricación casera, por lo que además la contención que realizó el personal penitenciario de la situación también los puso en un riesgo inminente”.

Al menos 15 presos fueron heridos durante el motín.
Al menos 15 presos fueron heridos durante el motín.

Por su parte, Lalanda aseguró que el motín se desató la madrugada del 24 de abril por “una hipotética excarcelación masiva por razones sanitarias”, un fenómeno que comenzó en la provincia de Buenos Aires y luego se expandió al SPF. Sobre la revuelta, ese funcionario recordó que aquel día los presos incendiaron celdas, colgaron colchones prendidos fuego y alcanzaron los techos de la cárcel, desde donde arrojaban las chapas al vacío. Además, destacó que hubo varios penitenciarios heridos “producto de las bombas molotov fabricadas con el alcohol en gel suministrado para mantener los cuidados de la pandemia”.

El motín afectó los módulos I, II, III, V y VI de la cárcel. Durante toda la jornada, los penitenciarios utilizaron alrededor de 1500 cartuchos anti tumulto, según declaró el jefe del penal.

Al día siguiente, los referentes de pabellones firmaron un acuerdo con el entonces director del SPF, Emiliano Blanco, el juez de Casación federal Gustavo Hornos, el presidente del sistema institucional del control de cárceles, Daniel Morín, y el entonces secretario de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Juan Martín Mena, entre otros funcionarios. En esa acta, las autoridades se comprometieron a que se revise la situación procesal de los detenidos que integraban los grupos de riesgo. Pero no se pactaron libertades ni salidas inmediatas.

La investigación duró casi cuatro años e incluyó decenas de testimonios de penitenciarios y de los reclusos involucrados en el motín. También se sumaron informes de otras fuerzas como la Policía de la Ciudad y la Gendarmería, y se analizaron las imágenes aportadas por los canales de televisión.

Los presos se subieron a los techos del penal, arrancaron las chapas y prendieron fuego en varios sectores.
Los presos se subieron a los techos del penal, arrancaron las chapas y prendieron fuego en varios sectores.

Con todas esas pruebas, la jueza Vanesa Peluffo terminó procesando y embargando a los tres jefes penitenciarios por el delito de abuso de autoridad en concurso ideal con lesiones graves y gravísimas agravadas por haber sido cometidas por un miembro del Servicio Penitenciario Federal.

Uno de los argumentos de la magistrada fue que el motín era previsible por el contexto de la pandemia. De hecho, había informes previos del Departamentos de Asuntos Internos. “Lejos de haber sido un acto repentino encarado por los internos, conformó una situación conocida con anterioridad por las autoridades, lo que debió haber dado un margen de previsibilidad y organización para su contención”, sostuvo la magistrada.

También tuvo en cuenta los informes periciales y médicos que probaron la utilización de armas de fuego. “A esta altura, y con el grado de certeza que esta etapa del proceso exige, puedo tener por acreditado que los disparos lesivos provinieron desde las garitas apostadas en el cordón exterior de seguridad, cuyo personal se encontraba a cargo del imputado Alegre Solís en su calidad de Jefe de la División Seguridad Externa y de Ortiz, como jefe superior a cargo de la Dirección de Seguridad del complejo, a lo que no empecé la negativa del Servicio Penitenciario Federal sobre el empleo de armas de fuego”, dice el fallo de más de 80 páginas.

La jueza Peluffo también sobreseyó a Juan Carlos Rubén Silveira y dictó la falta de mérito respecto a Robertino Gustavo Rodríguez, un penitenciario que fue filmado mientras disparaba contra los amotinados. El fiscal de la causa, Leonel Gómez Barbella, apelará esas decisiones en las próximas horas, según pudo saber Infobae de fuentes judiciales. En el caso de Rodríguez, cuando pidió su indagatoria, el fiscal lo había acusado por el delito de “abuso de armas” y dio por probado que disparó contra varias personas. En cambio, a Silveira le otorgó un rol similar a los otros jefes del SPF: “inducir a personal jerárquico inferior a cometer lesiones leves, físicas y psíquicas” contra los presos amotinados.