TSJA confirma 17 años y medio de cárcel para el hombre que atropelló a sus exsuegros en Almería para matarlos

El alto tribunal andaluz desestima el recurso presentado por la defensa y ratifica la condena, tras considerar probada la intención homicida y la conducta reiterada del acusado, además de establecer nuevas restricciones y cuantiosas indemnizaciones para las víctimas

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El acusado acumulaba antecedentes por delitos de violencia familiar y amenazas hacia su expareja, circunstancias que, según informó Europa Press, influyeron en el desarrollo de los hechos que culminaron con el intento de homicidio contra sus exsuegros en marzo de 2023. La sentencia definitiva del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ratificó la condena de 17 años y medio de prisión a V.M.G.F., tras rechazar el recurso de apelación presentado por la defensa e identificar como probada la intención homicida del acusado al atropellar deliberadamente a los padres de su expareja en Berja, Almería.

De acuerdo con Europa Press, el TSJA confirmó que el acusado utilizó un todoterreno para atacar a las víctimas a la salida de su garaje en la calle Gaudí. El fallo mantuvo las penas de siete años y medio de reclusión por un delito de homicidio en grado de tentativa y diez años por intento de asesinato. El auto judicial precisó que “no cabe el menor asomo de duda posible” acerca de la intención de matar por parte del procesado, rechazando así cualquier versión que sugiriese un accidente o simplemente el deseo de causar lesiones. El tribunal recalcó la peligrosidad del método utilizado, ya que no solo ejecutó el atropello con el suficiente impulso para causar graves daños, sino que además realizó una segunda maniobra dirigida de nuevo contra una de las víctimas, momento en el que reiteró amenazas de muerte.

Europa Press detalló que la sala también desestimó rebajar la condena bajo el argumento del posible consumo de estupefacientes, puesto que las pruebas de alcohol resultaron negativas y los informes médicos solo reflejaron síntomas de ansiedad, sin rastro de otras sustancias. El acusado declaró que atravesaba una “mala racha” durante el juicio y que el día de los hechos había consumido drogas y medicamentos. Sostuvo que su intención al acercarse a los exsuegros era reprocharles que no le permitían ver a su hijo y alegó que el atropello fue accidental, argumentando que le falló el embrague del vehículo. Esto no fue respaldado por la prueba documental ni por los testimonios recabados.

Según consignó Europa Press, testigos, informes forenses y de la Guardia Civil consolidaron la versión de las víctimas, quienes relataron que el acusado observó a la pareja antes de lanzar el ataque. El tribunal determinó que minutos antes, desde dentro de su coche, el hombre vigilaba a sus exsuegros mientras conversaban con una vecina. Completada la charla, la pareja se dirigió a su vehículo en el garaje de la mencionada calle cuando el acusado procedió a arremeter contra ellos, acelerando en la entrada del parking.

Sobre la secuencia, la sentencia recogida por Europa Press explicó que la primera víctima fue atacada de forma inesperada, sufriendo un impacto que lo lanzó contra una pared. El acusado profirió amenazas verbales directamente tras la embestida, reiterando la intención de matarlos si le impedían ver a su hijo. Después, cambió de dirección y dirigió el vehículo contra su exsuegra, quien reaccionó intentando escapar hacia su marido. Durante el hecho, el procesado aseguró a las víctimas: “de la cárcel se sale pero del cementerio no”. Cuando ambos cayeron tras el segundo impacto, el acusado puso marcha atrás con la intención de embestirlos otra vez, interrumpiendo su acción únicamente cuando un vecino se interpuso y le conminó a abandonar el lugar.

El fallo analizó diferencias respecto al grado de indefensión de cada víctima. El tribunal, conforme a lo expuesto por Europa Press, consideró que el exsuegro careció de cualquier posibilidad de defensa, puesto que el ataque resultó súbito y sorpresivo; en contraste, la mujer logró advertir parte del desarrollo del evento y, aunque gravemente herida, pudo intentar protegerse dado que vio previamente el atropello a su marido. Los jueces concluyeron que, en su caso, existió un cierto margen de reacción, pues el ataque no fue absolutamente imprevisible para ella.

La resolución judicial citada por Europa Press detalló las consecuencias para las víctimas: la mujer, de 43 años al momento de los hechos, requirió cirugía por una fractura de pelvis y necesitó más de 300 días para su recuperación; su esposo, de 48, sufrió fracturas en la pierna, la región lumbar y la pelvis, con casi un año de proceso de curación. A consecuencia de estos hechos, el tribunal impuso al acusado la prohibición de residir o acercarse a Berja durante el tiempo de la condena y estableció la obligación de mantenerse alejado e incomunicado con las víctimas durante 17 años, junto con seis años adicionales de libertad vigilada tras el cumplimiento de la prisión.

El tribunal, según puntualizó Europa Press, fijó indemnizaciones que superan los 332.000 euros para resarcir los daños personales y las secuelas físicas derivadas del ataque. También limitó la posibilidad del condenado de acceder al tercer grado penitenciario bajo criterios más estrictos al considerar la gravedad de los delitos y la reiteración de la conducta. Previamente al intento de homicidio, el acusado había recibido condenas por malos tratos, amenazas y vejaciones injustas hacia su expareja, sujetándose entonces a una orden de alejamiento que, según la sentencia, quebrantó en la fecha en que ocurrieron los hechos.