La renuncia de Ábalos mantiene el juicio de las mascarillas en el Supremo pero podría derivar la trama de amaños a la AN

El exministro pierde su condición de aforado tras dejar el escaño, lo que podría trasladar la investigación sobre presuntas comisiones a la Audiencia Nacional mientras el proceso relacionado con contratos de mascarillas seguirá en el Supremo

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El magistrado instructor del Tribunal Supremo dictó en diciembre la apertura de juicio oral contra José Luis Ábalos por las supuestas irregularidades en la compra de mascarillas durante la pandemia, lo que fija la competencia del Supremo sobre este caso independientemente de que Ábalos haya renunciado al acta de diputado. Según reportó Europa Press, la dimisión del exministro de Transportes deja inalterada la causa por las mascarillas en el máximo tribunal, pero facilita que la investigación sobre presuntos amaños en la adjudicación de obra pública pueda pasar a la Audiencia Nacional, ya que Ábalos pierde su condición de aforado al abandonar el Congreso.

De acuerdo con Europa Press, Ábalos notificó este miércoles su renuncia al escaño, y esa decisión se traduce en un cambio en el estatus judicial de las investigaciones en las que figura como imputado. El caso de las mascarillas seguirá en el Supremo. Esto se debe a que, según el acuerdo de la Sala de lo Penal de 2014, una vez que el tribunal ha abierto juicio oral contra un aforado, la competencia de ese tribunal queda fijada. Por tanto, el juicio sobre las supuestas irregularidades en la adquisición de mascarillas durante la emergencia sanitaria continuará en ese órgano, con vistas a celebrarse en abril.

En este proceso, el magistrado Leopoldo Puente responsabiliza a Ábalos, a su exasesor ministerial Koldo García y al empresario Víctor de Aldama de haberse "concertado" para utilizar la posición e influencia del entonces titular de Transportes con la finalidad de obtener beneficio económico en la adjudicación de contratos públicos. Según el auto de apertura de juicio oral recogido por Europa Press, los tres habrían planificado la utilización de “dicha valiosa influencia” para aprovechar oportunidades que les permitieran enriquecerse a costa de operaciones gestionadas por la Administración Pública.

En la fase de preparación del juicio, tanto la Fiscalía como las acusaciones populares —lideradas por el Partido Popular— solicitaron medidas cautelares consistentes en el ingreso en prisión provisional de Ábalos y Koldo García, al apreciar riesgo de fuga. El juez instructor accedió a esta petición y el 27 de noviembre ambos ingresaron en la prisión madrileña de Soto del Real, donde permanecen bajo custodia a la espera del juicio señalado para los próximos meses.

Con respecto a la responsabilidad penal que se reclama, la Fiscalía solicita penas de 24 años de prisión para Ábalos, 19 años y medio para Koldo García y siete años para Víctor de Aldama. En paralelo, el PP como acusación popular reclama una pena de 30 años tanto para Ábalos como para su exasesor, y para el empresario solicita la misma condena que el Ministerio Público, detalló Europa Press.

En paralelo, en septiembre pasado el instructor del Supremo dividió la causa en dos partes: la principal, centrada en los contratos de mascarillas, y otra pieza separada relativa a presuntas comisiones por obras públicas, que afecta también al exdirigente socialista Santos Cerdán y a varios empresarios y exdirectivos de constructoras. La renuncia de Ábalos al escaño pone en cuestión la competencia del Supremo respecto a esta segunda pieza sobre obra pública. Fuentes consultadas por Europa Press señalaron que, al quedar sin condición de aforado, la investigación sobre los presuntos amaños debería derivarse a la Audiencia Nacional, aunque ese paso requiere la notificación oficial de la renuncia y la decisión formal del tribunal.

Actualmente, según indicó Europa Press, la Audiencia Nacional ya investiga varias líneas relacionadas con el 'caso Koldo'. El juez Ismael Moreno dirige la causa principal sobre compras de mascarillas y ha llamado a declarar como investigados a la expresidenta de Adif Isabel Pardo de Vera y al exdirector de Carreteras Javier Herrero, en averiguaciones sobre presuntas irregularidades en la contratación de obras públicas. Además, el magistrado mantiene secreta una investigación acerca de supuestos pagos en efectivo realizados por el PSOE entre 2017 y 2024, bajo sospecha de que la escasa fiscalización al devolver anticipos habría facilitado operaciones de blanqueo de capitales procedentes de actividades ilícitas ligadas al exministro y a Koldo García.

El nombre de Ábalos también figura en otra causa instruida en la Audiencia Nacional, en este caso bajo la dirección del juez Santiago Pedraz, relativa al conocido 'caso hidrocarburos'. Europa Press detalló que esta investigación tiene como objeto un presunto fraude originado en la empresa Villafuel, y Aldama también está imputado. Un informe de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, citado por el medio, sostiene que la trama habría dedicado un millón de euros con la finalidad de influir en decisiones de varios implicados, incluido el propio Ábalos, y menciona que entre los bienes adquiridos figura una vivienda en La Alcaidesa, Cádiz, supuestamente disfrutada por el exministro.

Según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, la transferencia de la investigación sobre supuestas irregularidades en obras públicas a la Audiencia Nacional dependerá de la formalización de la renuncia como diputado, ya que la pérdida de aforamiento es el requisito para que la competencia vuelva a ese órgano judicial, que en su momento inició el 'caso Koldo'. Otras líneas bajo secreto y anexos de la causa sobre transferencias irregulares en el seno del partido continúan en investigación en este tribunal.

Europa Press especificó que el criterio fijado en 2014 por la Sala de lo Penal del Supremo sobre la competencia en causas con aforados se aplica en el proceso sobre mascarillas, consolidando de manera definitiva la competencia del Alto Tribunal tras dictarse el auto de apertura de juicio oral, a pesar de la pérdida de aforamiento posterior. Sin embargo, el resto de piezas separadas que no han llegado a juicio oral y cuyos investigados han perdido la condición de aforado deben remitirse al órgano competente originario, en este caso la Audiencia Nacional.

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