España completa el proceso para reconocer como crimen de guerra el uso deliberado del hambre contra civiles

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España ha culminado el proceso por el que se reconocen como crímenes de guerra entre otros el uso deliberado del hambre contra la población civil en conflictos no internacionales para equipararlos con los ya existentes en conflictos internacionales.

El Gobierno depositó el viernes pasado el instrumento de ratificación de las enmiendas a varios apartados del artículo 8.2 del Estatuto de Roma por el que se creó el Tribunal Penal Internacional (TPI) en la sede de las Naciones Unidas, en Nueva York, según ha informado el Ministerio de Asuntos Exteriores.

Con ello, se completa el proceso iniciado en el Consejo de Ministros del pasado 1 de abril con la aprobación del anteproyecto de ley orgánica por el que se autoriza la ratificación de cuatro enmiendas al citado artículo.

En concreto, las emniendas ratificadas ahora por España "persiguen mejorar y precisar las definiciones de los crímenes de guerra, incluyendo el uso de armamento particularmente lesivo (ciertas armas biológicas, de fragmentos no localizables y armas láser cegadoras) en conflictos tanto internacionales como internos, así como el uso deliberado del hambre como arma de guerra en conflictos de índole no internacional, equiparándolos así con los de carácter internacional para los que el Estatuto de Roma ya prevé una norma idéntica".

"La ratificación de estas enmiendas es muestra del firme compromiso de España con la lucha contra la impunidad y con la labor del TPI, piedra angular del sistema de justicia penal universal, frente a los más graves crímenes cometidos contra la humanidad", ha reivindicado Exteriores en su comunicado.

España ratificó el Estatuto de Roma el 24 de octubre de 2000 y este entró en vigor el 1 de julio de 2002. Posteriormente, la Asamblea de Estados parte adoptó dos resoluciones, en 2017 y 2019, que incluyen cuatro enmiendas respecto a los crímenes de guerra que se enumeran en el artículo 8.2.

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