
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el acuerdo de la Universidad de Granada (UGR) por el que suspendió sus colaboraciones académicas y científicas con instituciones israelíes al considerar que es "discriminatorio" e incluye medidas que "vulneran los derechos fundamentales".
En la sentencia, consultada por Europa Press, el alto tribunal andaluz estima así el recurso presentado por la Asociación Acción y Comunicación sobre Oriente Medio (ACOM) y revoca el fallo dictado en marzo por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Granada, que había avalado la legalidad de la decisión de la UGR.
Esta institución docente suspendió en mayo de 2024 su colaboración académica y científica con instituciones israelíes en respuesta a las movilizaciones de los estudiantes, de la comunidad educativa y de la sociedad civil.
Concretamente, suspendió la movilidad entrante y saliente de estudiantes, personal docente e investigador, y personal técnico, de gestión, administración y servicios con universidades israelíes. También, la cooperación científico-técnica con instituciones israelíes, así como varios convenios con universidades del territorio.
Para el TSJA, con ello la Universidad de Granada, "bajo el pretexto de su autonomía universitaria", ha dictado un acuerdo "discriminatorio que vulnera, además, la dignidad de la persona en relación con el derecho a la integridad moral de los afectados, a quienes estigmatiza --advierte--, pues, de alguna manera, responsabiliza del conflicto y excluye de la vida universitaria sin ni siquiera conocer cuál es su opinión sobre el estado actual del conflicto".
Sostiene el TSJA que, con ello, la universidad granadina transmite a la opinión pública "una opinión negativa sobre ellos, enfrentándoles de ese modo con el resto de la población y generándoles un peligro", lo que considera "extraordinariamente grave desde una institución educativa tan relevante como es una universidad pública".
"La autonomía universitaria no excluye las limitaciones que imponen otros derechos fundamentales, y consideramos que los pronunciamientos sobre asuntos de actualidad política de las instituciones públicas ajenos a su concreta esfera de competencias, es contrario a derecho si contienen, como es el caso, medidas que vulneran los derechos fundamentales", agrega la sentencia.
RECURSO AL SUPREMO
En una nota, la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) y la Red Universitaria por Palestina, que participaron como codemandadas defendiendo la legalidad del acuerdo, han lamentado "profundamente este retroceso" y anuncian que interpondrán recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Granada avaló en marzo de 2025 la suspensión, sosteniendo que la Universidad actuó dentro de su autonomía universitaria y que la medida no constituía discriminación, sino una respuesta proporcional y ajustada al derecho internacional humanitario.
Sin embargo, la Sala de lo Contencioso del TSJA ha revocado ahora esa sentencia, estimando el recurso de ACOM y anulando el acuerdo de la UGR.
La APDHA y la Red Universitaria subrayan que la sentencia llega en un momento en que la Comisión Internacional Independiente de la ONU ha concluido que Israel "está cometiendo genocidio en Gaza, documentando matanzas de civiles, ataques a hospitales, destrucción de infraestructuras esenciales y la obstaculización deliberada del reparto de ayuda humanitaria".
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