
El sindicato Jupol ha acusado al Ministerio del Interior de "hacer trampas" por "tergiversar" las sentencias judiciales del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional en las que se apoya la Instrucción 7/2025 por la que deja sin sanción administrativa el consumo de drogas dentro de vehículos particulares estacionados.
En un comunicado, Jupol analiza las dos sentencias del Supremo y la del Constitucional que cita Interior para acusar al departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska de "burla al sentido común, a la jurisprudencia y al principio de legalidad". "Han sido tergiversadas de forma escandalosa para justificar un texto normativo que ni protege al ciudadano ni ampara la acción policial", denuncian.
De la primera de ellas, la sentencia del Tribunal Supremo 1317/1999, de 21 de septiembre, Jupol advierte de que Interior ha obviado "intencionadamente" un fundamento de derecho esencial en el que se avala la intervención de los agentes en vehículos particulares, incluso si eso implica una cierta afectación a la privacidad, siempre que la actuación sea proporcionada, adecuada y justificada en aras de la seguridad ciudadana.
"El Ministerio extrae lo que le interesa y omite, con premeditación, lo que reafirma la legitimidad de la acción policial", se queja el sindicato, que rechaza el procedimiento usado por el Gobierno para dejar sin efecto este tipo de sanciones contempladas en la ley orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana, la conocida por sus detractores como 'ley mordaza', y que el Ejecutivo pretende modificar sin éxito desde 2018.
El análisis jurídico de Jupol también analiza la segunda sentencia citada por Interior, 569/2013, de 26 de junio, para afear al Ministerio que "directamente omite un aspecto clave: que la supuesta intromisión en la intimidad no fue realizada por agentes de la autoridad, sino por un particular".
Esto último, añade el sindicato, "invalida completamente su uso como fundamento jurídico para limitar o condicionar la actuación policial". "Se trata de una manipulación burda e inaceptable", enfatiza.
Y en la tercera sentencia, la 170/2013, de 7 de octubre, del Tribunal Constitucional, el Ministerio "incurre en una tergiversación aún más grave". "Los hechos enjuiciados nada tienen que ver con vehículos ni con el consumo de drogas en los mismos. La sentencia se refiere a vigilancia mediante cámaras de seguridad privadas, por lo que no resulta aplicable de ningún modo a la casuística que pretende regular esta instrucción", sostiene.
"Es un ejercicio de cobardía institucional y de dejación de funciones pretender suplir con circulares internas lo que debe establecerse por ley", añade Jupol, molesto por la fórmula elegida por la Secretaría de Estado de Seguridad para "desautorizar" la acción policial amparada hasta ahora por la ley de seguridad ciudadana en lo referente al consumo de drogas dentro de vehículos estacionados.
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