
El juez de lo Contencioso-Administrativo número 32 de Madrid ha anulado el acuerdo del Ayuntamiento de Fuenlabrada relacionado con la reversión de la cesión de la Finca de La Cantueña donde el Gobierno regional está construyendo un centro para acoger a menores no acompañados.
Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se estima la demanda de la Comunidad de Madrid contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Fuenlabrada de 26 de julio de 2024, por el que se resuelve la cesión gratuita de los inmuebles consistentes en los terrenos que conforman la Finca Cerro de La Cantueña, así como la reversión de los bienes mencionados al patrimonio del Ayuntamiento.
De este modo, el acuerdo se anula al entender los jueces que no es conforme a Derecho. En la demanda, el Gobierno regional alegaba la falta de competencia del Ayuntamiento de Fuenlabrada para revertir la citada finca registral e incorporarla a su patrimonio, tal como se deriva de la literalidad del convenio suscrito entre el Ayuntamiento de Fuenlabrada, el Instituto Madrileño de Desarrollo IMADE y el Consorcio Urbanístico 'La Cantueña'.
Además, entendía que existe "una desviación de poder" considerando que ante la decisión de la Comunidad de Madrid de implantar un centro de primera acogida de menores no acompañados, "el Ayuntamiento de Fuenlabrada ha planteado una batería de actuaciones dirigidas a impedir la creación de ese centro de menores".
La Administración demandada se opuso a la demanda considerando que el Ayuntamiento tiene plena competencia en el dictado del acuerdo recurrido al afirmar que "los inmuebles fueron cedidos en un primer momento en titularidad fiduciaria al consorcio por parte del Ayuntamiento de Fuenlabrada que es quien ostenta la titularidad real de los mismos y que en virtud de dicha titularidad fiduciaria se produjo su posterior cesión en virtud del citado Convenio al IMADE".
La demanda se estima dado que el juez no comparte el criterio del Ayuntamiento en relación a que el plazo de prescripción de las condiciones del convenio debe extenderse sobre los 30 años en que se fija como mantenimiento de la explotación".
"Este juzgador considera que para mantenerse esta legalidad, debe de haberse iniciado la explotación, y para ello existía un plazo de cinco años, trascurrido este nada se puede mantener, ya que nunca se inició", subraya.
"PONER PALOS EN LA RUEDA"
"Es la novena vez que la Justicia da la razón a la Comunidad de Madrid y se la quita al Ayuntamiento de Fuenlabrada, que en esto solo ha sabido poner palos en las ruedas", ha expresado en rueda de prensa el consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.
Además, ha vuelto a señalar que no tienen más información sobre el reparto de menores extranjeros no acompañados y ha subrayado el "auténtico caos de gestión" de esta materia.
"Vamos a utilizar todos los resortes, como no pueden ser de otra manera, para defender a esta institución, para defender a todos los madrileños de lo que consideramos que es un atropello (...) No tendríamos que estar hablando de reparto de menores, tendríamos que estar hablando de medidas de control, que es lo que nos tenemos que hacer", ha aseverado.
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