Madrid, 23 ene (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas de entre 20 y 23 años de prisión impuestas a dos hermanas y un hombre por la muerte a golpes de la pareja de una de ellas en Sabadell (Barcelona) en la madrugada del 10 de julio de 2021.
En una sentencia el alto tribunal ratifica la pena de 20 años de cárcel para el autor material - a su vez compañero sentimental de la otra hermana- y a esta por el delito de asesinato con alevosía y confirma los 23 años de prisión para la pareja de la víctima por concurrir en su caso la circunstancia agravante de parentesco.
Además deberán pagar 200.000 euros a la hija del asesinado, que murió por al menos doce golpes de extrema violencia que recibió del hombre acusado con una palanca metálica, primero en el interior de la vivienda en la que se encontraban la víctima y su pareja y después en el rellano y en las escaleras del edificio por los que el agredido intentó huir.
La víctima sufrió un gravísimo traumatismo craneoencefálico que causó su fallecimiento ya que la agresión fue "mortal de necesidad", según la sentencia.
Tras un juicio con jurado la Audiencia de Barcelona determinó que los tres acusados actuaron de forma concertada y siguiendo un plan para matar a la víctima y que tras la agresión envolvieron en una manta su cuerpo y lo metieron en la vivienda tratando de limpiar las manchas de sangre y otros restos orgánicos para eliminar cualquier vestigio de lo ocurrido.
La Audiencia impuso 20 años de prisión a la pareja de la víctima, 16 a su hermana y 17 al autor material del asesinato.
Posteriormente el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña estimó parcialmente el recurso de la acusación particular en nombre de la hija de la víctima, al que se adhirió la Fiscalía, y elevó las condenas a 23 años para la pareja de la víctima y a 20 para los otros dos acusados.
Ahora el Supremo desestima los recursos de los condenados y ve razonable que el TSJ elevara las penas ya que la Audiencia tomó en cuenta para fijarlas que uno de los posibles móviles del crimen fueron unos supuestos malos tratos de la víctima a su pareja cuando esto fue declarado como hecho no probado, "además de ser lesivo para la honorabilidad" del fallecido.
El alto tribunal explica que el TSJ fijó dichas penas basándose en la gravedad de los hechos, consistentes en los golpes y en la persecución por el rellano y las escaleras, y tiene en cuenta además que varios testigos declararon que era la acusada quien insultaba a la víctima y que entre ambos existían discusiones sobre un dinero que el fallecido reclamaba a su pareja, a la que acusaba de su desaparición.
El Supremo destaca que existen pruebas suficientes sobre la participación de la pareja de la víctima derivadas de las declaraciones del hombre acusado y de los vecinos que vieron cómo limpiaba las estancias en las que se produjo la agresión. EFE
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