
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una condena de seis años de prisión y otros seis años de libertad vigilada para un joven por agredir sexualmente a una chica a la que conoció en una fiesta y con la que había mantenido relaciones sexuales consentidas previamente.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJA confirma la resolución que en su día emitió la Audiencia de Granada, que también condena al joven a indemnizar en 10.000 euros a la víctima en concepto de daño moral y le prohíbe comunicarse con ella o acercarse a menos de 200 metros durante un periodo de nueve años.
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Los hechos se remontan a finales de abril de 2021, cuando víctima y agresor, que en ese momento tenían 18 y 20 años respectivamente, coincidieron en una fiesta y fueron presentados por una amiga común. Durante la semana siguiente se intercambiaron numerosos mensajes a través de Instagram y se citaron en el domicilio de ella para mantener relaciones sexuales aprovechando que su madre, con quien convivía, se encontraba hospitalizada.
Aquella tarde y durante la noche mantuvieron relaciones sexuales completas "con pleno consentimiento" de la joven y, de hecho, el acusado se quedó a dormir y se marchó a trabajar a la mañana siguiente. Tras intercambiarse mensajes nuevamente, la tarde del día siguiente la joven pidió al acusado que "fuera otra vez para su casa, lo que así hizo éste, manteniendo de nuevo relaciones sexuales completas y con el pleno consentimiento" de ella.
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El chico volvió a quedarse a dormir en casa de la víctima, que al despertar en la mañana le dio muestras "de lo que quería que fuera otra relación sexual entre ambos". Todo "se desarrollaba con normalidad hasta que, en un determinado momento y de manera inopinada", el acusado se situó sobre la joven, la agarró "con brusquedad" del cuello y le pegó "un par de bofetadas en la cara".
Ella le pidió "por favor que se relajara pero, lejos de ello, insultaba a la chica con expresiones como 'zorra' y 'guarra', a la vez que continuó propinándole mordiscos por diversas partes del cuerpo, solicitándole aquella en numerosas ocasiones que parara, que le estaba haciendo daño, llegando a forcejear" con él, quien sin embargo consumó la agresión sexual y abandonó luego el domicilio.
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ALEGA QUE FUE "PROPICIADO" POR ELLA
La defensa del joven recurrió ante el TSJA la condena pidiendo su libre absolución alegando que la relación sexual fue "totalmente consentida y propiciada" por la joven y que no existen pruebas que acrediten su culpabilidad más allá de la versión que ella ha dado.
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La Sala rechaza estos argumentos e incide en que la declaración de la víctima en el juicio "gozó de indudable coherencia interna y resultó clara, concreta, firme, verosímil y sin contradicciones". Además, estuvo avalada por diversas corroboraciones aledañas de carácter personal, documental y pericial.
Entre otras cuestiones, se alude a la prueba pericial realizada por los médicos forenses y que evidenció que la víctima "presenta un cuadro compatible con un trastorno de estrés postraumático compatible con la vivencia de violencia sexual que relata", explicando los peritos que este tipo de trastornos surgen como una respuesta tardía o diferida a una situación o acontecimiento, de duración breve o prolongada, pero de una naturaleza "excepcionalmente amenazante".
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También se consideró que la joven presentaba lesiones compatibles con el ataque, especialmente las situadas en brazos y cuello, zonas en donde, según dijo, "fue agarrada con gran violencia por el acusado para doblegar su resistencia y oposición".
Por todo ello, y en la línea de lo solicitado por la Fiscalía, el alto tribunal andaluz confirma la condena de seis años de prisión para el acusado en esta sentencia, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo.
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