Limitar la pensión de viudedad cuando el beneficiario tenga ingresos procedentes del trabajo, garantizar un incremento mínimo de renta cuando llegue la jubilación, reforzar las pensiones de orfandad y crear progresivamente un sistema de seguro para las parejas son las cuatro propuestas que Octavio Granado, exsecretario de Estado de Seguridad Social, plantea para rediseñar la pensión de viudedad que, en su opinión, arrastra importantes distorsiones en su actual sistema de compatibilidades.
El informe elaborado por Granado, se presentará en la II Jornada sobre el Sistema Público de Pensiones y Seguridad Social, organizada por Fedea, que se celebrará el próximo 25 de septiembre en las instalaciones de la Fundación Ramón Areces. La primera medida recogida en él pasa por establecer un régimen de incompatibilidades entre la pensión de viudedad y los ingresos procedentes del trabajo o de actividades económicas durante la vida activa. El objetivo sería ajustar la cuantía de la prestación en función de las rentas del beneficiario, siguiendo los ejemplos de otros sistemas de pensiones de la Unión Europea.
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La segunda propuesta pretende evitar que los pensionistas con una jubilación o una incapacidad limitada por el tope máximo, o sostenida mediante complementos a mínimos, pierdan en la práctica el incremento de ingresos que debería suponer el reconocimiento de una pensión de viudedad. A ella se suman otras dos medidas: aumentar las prestaciones de orfandad a costa de un reequilibrio con las de viudedad y establecer progresivamente un régimen de seguro para las parejas que quieran mantener parte de las mejoras de renta del sistema actual.
Una reforma para adaptar la prestación a la sociedad
El planteamiento de Granado parte de la transformación del contexto en el que nació la pensión de viudedad. La prestación fue diseñada inicialmente para compensar las dificultades de las mujeres para acceder al mercado laboral y generar derechos propios de jubilación. Hoy, sin embargo, las mujeres representan ya el 47% de la afiliación al sistema y tienen una participación mucho mayor en el empleo.
Al mismo tiempo, el peso del matrimonio y de las parejas convencionales se ha reducido, mientras que la esperanza de vida ha aumentado. Estos cambios ayudan a explicar que las pensiones de viudedad hayan pasado de representar el 20,3% del gasto total en pensiones hace veinte años al 15,4% en la actualidad.
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Granado considera que estas transformaciones hacen necesario revisar unas reglas que proceden de una época en la que la situación laboral de las mujeres era muy distinta y reconoce que la pensión de viudedad mantiene hoy una elevada compatibilidad con los ingresos del trabajo y de actividades económicas, incluso cuando las rentas del beneficiario son elevadas.
Las contradicciones de la pensión de viudedad
La principal contradicción aparece cuando el beneficiario deja de trabajar y comienza a cobrar su propia pensión. La viudedad puede compatibilizarse prácticamente sin límites con un salario, pero cuando se suma a una jubilación o a una pensión de incapacidad entra en juego el tope máximo de las pensiones públicas.
El informe recuerda que esta cuestión ya estuvo sobre la mesa en la reforma de 2007. A propuesta de la CEOE, la Administración de la Seguridad Social estudió implantar un modelo similar al alemán, en el que la cuantía de la pensión de viudedad se redujera en función de los ingresos adicionales del beneficiario, pero la oposición de los sindicatos en el diálogo social frenó aquella reforma.
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El resultado, a juicio de Granado, es un sistema que puede generar situaciones difíciles de justificar debido a que una persona puede recibir una pensión de viudedad durante su vida activa junto a otros ingresos y, años después, cuando accede a su propia jubilación, comprobar que parte de aquella prestación queda absorbida por el límite máximo de las pensiones públicas.
El problema no afecta únicamente a quienes perciben pensiones elevadas. El informe recoge el supuesto de un matrimonio dedicado a la agricultura en el que ambos perciben una pensión mínima de 12.441,80 euros anuales, tras aplicarse un complemento a mínimo de 3.341,80 euros sobre una base de 650 euros al mes. Al enviudar la persona y generar una pensión de viudedad de 4.732 euros al año, el solapamiento con el complemento a mínimo reduce la ganancia real neta a 99,35 euros al mes.
Más protección para los huérfanos
El informe también pone el foco en las pensiones de orfandad. Su autor considera que existe un desequilibrio entre las prestaciones de viudedad y orfandad y reclama una mayor atención a los huérfanos, especialmente durante las edades en las que todavía no pueden incorporarse al mercado laboral.
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“Todos los grupos políticos han explicado a los electores en reiteradísimas ocasiones la necesidad de ir reforzando la pensión de orfandad, tan exigua comparativamente frente a la de viudedad, lo que establece una diferencia social indeseable entre los viudos y viudas sin descendencia frente a los que deben afrontar ser sostenedores de familias con hijos”, recoge el documento.
Así, en 2005, el gasto en pensiones de viudedad multiplicaba por 14 al destinado a las pensiones de orfandad. En 2025, la proporción seguía siendo muy elevada: el gasto en viudedad fue 13,17 veces superior al de orfandad. Aunque se han introducido mejoras en esta última prestación, Granado plantea un nuevo reequilibrio entre ambas.
Una prestación pendiente de reforma integral
Granado argumenta que si continúa aumentando la esperanza de vida y disminuyendo el peso de los matrimonios y las parejas de hecho, el gasto en pensiones de viudedad seguirá registrando previsiblemente un ligero descenso. Pero, pese a ello, los problemas de la prestación seguirán pendientes.
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Recuerda que la Comisión del Pacto de Toledo ha reclamado en dos ocasiones una reforma integral de la pensión de viudedad. En su opinión, una de las cuestiones que debe abordarse es quién debe financiar estas prestaciones en una sociedad en la que el peso de la familia y del matrimonio ha cambiado. Entre las alternativas plantea que parte de las pensiones de viudedad pueda financiarse mediante impuestos y no exclusivamente a través de las cotizaciones a la Seguridad Social.
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