
La Unión Europea (UE) ha aprobado un nuevo reglamento que prohibirá la venta de detergentes y productos de limpieza que hayan realizado experimentos en animales. La nueva normativa, publicada en España este mes de marzo, exige que las empresas recurran exclusivamente a métodos de ensayo alternativos y endurece las condiciones de comercialización, con impacto directo en fabricantes, distribuidores y consumidores.
La iniciativa no es nueva: desde el 2010, la UE busca “sustituir, reducir o perfeccionar los ensayos con animales” con vistas a su completa eliminación. Así lo estableció la Directiva 2010/63/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (9), que reconocía el bienestar animal como un valor fundacional de la UE.
Esta directiva ya pedía a los Estados miembros en el 2010 que velaran “cuando sea posible, por que se utilice un método o estrategia de ensayo científicamente satisfactorio que no conlleve la utilización de animales vivos". Los países europeos debían reducir el número de animales utilizados en estos proyectos “sin comprometer los objetivos”, así como asegurar que los métodos utilizados fuesen lo menos dolorosos posible.
¿Qué dice el nuevo reglamento?

El Reglamento (UE) 2026/405 establece una prohibición general de “la introducción en el mercado de detergentes y tensioactivos que hayan sido objeto de ensayos con animales”. Así, detergentes y productos de limpieza deberán seguir métodos de ensayo sin animales que hayan sido validados a escala internacional o de la Unión.
Esta norma, no obstante, tiene sus matices: que las empresas no puedan seguir utilizando animales no quiere decir que lo que ya han descubierto en ensayos con animales deba eliminarse. Las compañías que desarrollan y comercializan estos productos de limpieza podrán emplear datos basados en pruebas realizadas antes del 22 de marzo de 2026. Si los ensayos se realizaron después de esa fecha, el producto de limpieza no podrá entrar en la UE.
También se permitirá experimentar con animales si la seguridad de un ingrediente esencial queda comprometida, su uso está generalizado y no existen alternativas validadas. En estos tres supuestos, la Comisión Europea podrá conceder permisos de investigación mediante procedimientos controlados.
Transparencia y ecología

Uno de los cambios clave de este reglamento proviene de la introducción del Pasaporte Digital del Producto, sistema que obliga a los fabricantes a generar un dossier digital para cada referencia, accesible desde un soporte electrónico (como un código QR), donde se documentan tanto los ingredientes añadidos como la información necesaria de trazabilidad. De este modo, el consumidor podrá consultar antes de la compra tanto la composición de su detergente como los factores de seguridad asociados.
La nueva normativa, además, promueve la reducción de residuos regulando la venta a granel y reforzando la economía circular. El texto determina que la reventa mediante recarga, por ejemplo en estaciones de servicio, estará sometida a requisitos de seguridad tanto en higiene como en envasado, para evitar riesgos sin aumentar el uso de plásticos. Además, las cápsulas monodosis, presentes en numerosos lavavajillas y lavadoras domésticas, deberán adaptarse a nuevas exigencias de biodegradabilidad, convirtiendo todos sus recubrimientos poliméricos en materiales totalmente degradables a más tardar en marzo de 2032.
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