Un Guardia Civil es sancionado por negarse a poner el bozal a su perro “peligroso” y encararse con el subinspector de la Policía Local

El Alto Tribunal señala que el comportamiento de este agente resultó incompatible con las normas de respeto requeridas para los miembros del Instituto Armado

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Varios perros durante un acto
Varios perros durante un acto de la Guardia Civil. (Javier Pulpo/Europa Press)

El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción disciplinaria impuesta a un guardia civil de Melilla que se negó a poner el bozal a su perro “peligroso” y se encaró en la calle con el subinspector de la Policía Local que se le pidió.

Los hechos ocurrieron cuando el policía se dirigía a tomar su servicio. Según ha relatado en su denuncia, observó a un agente de la Guardia Civil uniformado, sin la prenda de cabeza reglamentaria, sentado en una silla de plástico junto a la puerta. El agente tenía un perro atado con una cadena, de aspecto considerado peligroso, ocupando parte del paso peatonal e impidiendo el tránsito normal de los viandantes.

El coordinador debió desplazarse al bordillo de la acera para continuar su camino, momento en que el animal intentó abalanzarse sobre él, lo que lo obligó a apartarse. El perro no llevaba bozal, por lo que el coordinador se dirigió al agente, que se encontraba en servicio, para recomendarle la colocación del bozal al animal y evitar así posibles incidentes, aclarando que no tenía intención de denunciar la conducta.

“Se levantó como un resorte de la silla”

La conversación derivó en una confrontación verbal. Según la sentencia, el Guardia Civil se levantó “como un resorte de la silla” y, mirándole de arriba debajo de forma desafiante, le verbalizó que quién era para decirle qué tiene que hacer. El agente le reclamó que se aprendiese el código penal antes de hablar, “todo ello levantando la voz”. El subinspector le pidió que se calmase, pero la discusión subió de tono. Ante la insistencia del Guardia Civil, el policía se vio obligado a requerir una patrulla para que intercediera y procediera a levantar acta ante tal infracción

Todo fue recogido en un parte policial y desembocó en la apertura de un expediente disciplinario. La escena también quedó registrada en las cámaras de la Jefatura, aunque las grabaciones carecían de audio y no modificaron la valoración de los hechos.

El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de pérdida de un día de haberes con suspensión de funciones para este agente, al considerar acreditada la falta leve de desconsideración o incorrección con los ciudadanos mientras vestía el uniforme. Con este fallo, la máxima instancia militar cierra el proceso y declara la resolución firme, al entender que se respetaron las garantías procesales y que la valoración de las pruebas fue adecuada.

Alicia Sánchez, de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), relata cómo fue para las primeras 197 mujeres entrar a un cuerpo de seguridad que por 140 años solo había admitido hombres.

El tribunal ha determinado que el comportamiento de este agente, al increpar y desafiar a un agente de otro cuerpo en la vía pública mientras vestía uniforme, constituye una conducta incompatible con las normas de respeto exigidas a los miembros del Instituto Armado. La sanción, consistente en la pérdida de un día de haberes y la suspensión de funciones, se mantiene tras un análisis exhaustivo de los hechos probados, los testimonios y la documentación aportada durante el expediente.

El guardia civil recurrió primero ante el Teniente General Jefe del Mando de Operaciones de la Guardia Civil, que desestimó su recurso. Posteriormente, presentó recurso contencioso-disciplinario militar ante el Tribunal Militar Territorial Segundo, que el 18 de marzo de 2025 volvió a confirmar la sanción.

Entre otros argumentos, sostuvo que la ausencia de la grabación de las cámaras de seguridad y la falta de declaración de una testigo supusieron un perjuicio irreparable. El Supremo, sin embargo, ha considerado que no existió indefensión material ni exclusión injustificada de pruebas, y que la decisión sancionadora se apoyó en las declaraciones de los agentes y en la lógica jurídica de los hechos acreditados.

El fallo del Supremo, dictado el 19 de febrero de 2026, ha declarado la sentencia firme y ratificado la sanción impuesta al agente. No se prevén nuevos recursos ordinarios en la vía militar disciplinaria, por lo que se cierra así definitivamente el proceso.