Una empleada de la limpieza que ya no puede trabajar por problemas físicos después de 22 años es despedida tras no encontrar dónde reubicarla: “Es triste, pero legal”

Los médicos señalaron que sus problemas físicos se debían precisamente a la labor que realizaba

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Una empleada del hogar durante
Una empleada del hogar durante su jornada laboral. (Pixabay)

Una empleada de limpieza que trabajó durante 22 años en una gasolinera terminó su recorrido laboral enfrentando una situación inesperada: fue despedida por incapacidad física y, tras reclamar 28.500 euros en concepto de indemnización por despido improcedente, no obtuvo compensación alguna, de acuerdo con el fallo reciente de la corte de apelaciones. El caso ha tenido lugar en Francia y ha sido recogido por el medio Le Figaro.

La trabajadora había sido contratada a finales de los años 90. Su actividad diaria, que incluía lavar suelos y aseos en turnos de madrugada o noche, se vio interrumpida en diciembre de 2016, cuando recibió una baja por enfermedad profesional: los médicos señalaron que sus problemas físicos se debían precisamente al trabajo que realizaba, tan exigente como poco reconocido. La incapacidad progresiva impidió que pudiera reincorporarse a sus funciones habituales: ya no podía levantar cargas, ni girar la cabeza más allá de 45 grados, ni levantar los brazos a determinada altura.

Tras varias renovaciones de la baja, un médico laboral la declaró no apta para su puesto. A raíz de ese dictamen, el empleador activó el protocolo previsto para casos de incapacidad, según el Código del Trabajo de Francia. A finales de octubre de ese año, el comité social y económico fue consultado sobre posibles reubicaciones en la empresa, en otros puestos de trabajo. Sin embargo, pocos días después, la trabajadora recibió una carta en la que se le informaba que no se había hallado ningún puesto compatible con sus nuevas limitaciones físicas. Finalmente, a inicios de diciembre, se formalizó el despido, alegando incapacidad de origen profesional y la imposibilidad de recolocación.

La empleada llevó el caso al tribunal laboral a finales de 2022, convencida de que la empresa no había hecho todo lo posible para reubicarla. Sostuvo que existían otras funciones —como asistente o trabajadora polivalente— para las que podría haber recibido formación, y acusó a la compañía de no haber considerado adaptaciones ni de haber facilitado al comité toda la información necesaria sobre vacantes. Reclamó así una indemnización superior a 28.500 euros, alegando despido sin causa real y seria.

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La empresa no está obligada a formarte para otro puesto

Durante el proceso judicial, los jueces examinaron la documentación y escucharon los argumentos del empleador y del comité social y económico. El abogado de la empresa explicó el marco legal: “La reubicación solo puede implicar una formación de adaptación, no una formación básica hacia otro oficio.” De este modo, aclaró que la empresa no está obligada a reconvertir a una agente de limpieza en una gestora administrativa, por ejemplo.

El tribunal analizó también las características de los puestos disponibles en la empresa. Muchos implicaban tareas ejecutivas, para las cuales la empleada carecía de experiencia, o requerían esfuerzos físicos, como transportar mercancías, rellenar estantes o realizar movimientos repetitivos, que resultaban incompatibles con sus restricciones médicas. Guyot subrayó ante los jueces: “Todas las descripciones de puestos demostraban que los movimientos prohibidos por el médico eran indispensables.”

La corte recordó que el empleador debe probar que buscó activamente una solución para el trabajador, pero no está obligado a conseguirlo. El fallo de la corte de apelaciones confirmó lo dictado en primera instancia: el despido fue justificado y la empleada debe asumir los gastos procesales. Solo conserva las indemnizaciones por despido debido a incapacidad profesional, ya abonadas, aunque el tribunal no precisó el monto exacto. El desenlace deja un sabor amargo. El propio Henri Guyot lo admitió: “Es una situación triste, pero legal. Cuando todos los puestos pueden ser legítimamente descartados, se considera cumplida la obligación de reubicación”.