
El juez del Tribunal Supremo, Ángel Hurtado, ha rechazado la última solicitud de la Fiscalía para citar a dos periodistas, entre ellos, un redactor de La Sexta, que envió un mensaje a través del chat de la cadena informando sobre la confesión de la pareja de Isabel Díaz Ayuso, en su causa por fraude fiscal, antes de que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, recibiera dicha información. En su auto, Hurtado considera que estas diligencias no son “indispensables”, pues están previstas únicamente en casos excepcionales cuando la Fiscalía manifiesta su imposibilidad de acusar. Sin embargo, destaca que en este caso, “la Fiscalía no ejerce funciones de acusación, como ha venido siendo patente a lo largo de todo lo actuado”, ya que “está contribuyendo de manera declarada a la defensa de los investigados”.
El magistrado, en el auto fechado el 17 de junio de 2025, también subraya que la solicitud de diligencias complementarias debe estar vinculada a la intención de formular una acusación, y no es aplicable a un caso en el que la Fiscalía ha pedido el sobreseimiento de la causa. Según Hurtado, la solicitud no es procedente porque “abundan en la aportación de datos ya tenidos en cuenta”. Además, agrega que, si se pretende argumentar que los hechos carecen de relevancia penal debido a la circulación de información antes de la filtración del correo de 2 de febrero de 2024, esa tesis ya ha sido “razonadamente descartada” en un auto anterior, fechado a 9 de junio de 2025.
La Sexta informó hace unos días que el periodista de la cadena, Alfonso Pérez Medina, envió la información a un grupo de WhatsApp a las 21:54 horas del 13 de marzo de 2024, en el que señalaba que conocía la confesión de la pareja de Ayuso cinco minutos antes de que el fiscal general. Esta noticia, junto con el mensaje del chat, fueron presentados como prueba ante el juez. Según se ha dado a conocer, este mismo día, pero a las 21:59, el fiscal general del Estado recibió el correo electrónico en el que el abogado Carlos Neira reconocía los delitos fiscales de su cliente, Alberto González Amador, para buscar un pacto con la Fiscalía.
“Mala fe procesal”
Por otro lado, la Fiscalía también solicitaba la declaración de un periodista de El País Juan José Mateo para aclarar si, tal y como relató otro reportero de su mismo medio, una fuente de la Fiscalía le había revelado detalles sobre una propuesta de conformidad del letrado de la pareja de Ayuso.
La teniente fiscal del Supremo, María de los Ángeles Sánchez Conde, en un escrito fechado el pasado día 12 de junio y que se conoció este lunes, solicitó al juez citar como testigos a estos dos periodistas, al detallar que la relevancia de estas diligencias era “notoria”, ya que podrían confirmar que la fuente que filtró el contenido del correo no fue ni García Ortiz ni Rodríguez, los investigados en este caso. Sin embargo, el juez Hurtado no ha considerado necesario avanzar con la solicitud.
Además, el juez desestimó la petición de la Asociación Profesional Independiente de Fiscales (APIF), que había solicitado una multa a título personal por mala fe procesal contra la representante del Ministerio Fiscal. Hurtado justificó su decisión indicando que, aunque la solicitud de la APIF era “infundada”, no podía desestimar la posición institucional de la Fiscalía.
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