
Apropiarse de una pensión de otra persona, como la de jubilación, incapacidad o alimenticia, es un delito que puede acabar con consecuencias graves si te acaban pillando, tal y como le ha sucedido a Cornelio. El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a este hombre por adueñarse indebidamente durante más de 15 años de la prestación de jubilación de su padre fallecido.
Durante más de una década, el acusado recibió 317.465 euros en pagos que nunca le correspondieron. La Sala de lo Penal le ha impuesto una pena de dos años de prisión, una multa de 400.000 euros y la obligación de devolver 231.306,91 euros al Instituto Social de la Marina (ISM), organismo afectado por el fraude.
Una pensión que siguió ingresándose tras la muerte
Para repasar los orígenes del caso, hay que remontarse a 1999, cuando falleció el pensionista del ISM, Faustino. Su viuda, Margarita, comunicó la muerte al organismo para solicitar su propia prestación de viudedad, que le concedieron. A pesar de ello, la Seguridad Social no detuvo el abono de la retribución del fallecido, que siguió ingresándose en la misma cuenta bancaria.
Poco después, el hijo del matrimonio, Cornelio, fue añadido como cotitular de esa cuenta y asumió su gestión en exclusiva. El primogénito era consciente de que el ingreso de su padre se seguía haciendo cada mes, sin embargo, en ningún momento avisó a la administración del error ni de la muerte posterior de su madre en 2005. A partir de entonces, comenzó a quedarse con todo el dinero.
Compras, transferencias y ocultación
Tal y como recoge la sentencia, durante 15 años Cornelio utilizó este patrimonio sin ningún reparo ni miedo a que le acabaran pillando. Usó los fondos para realizar compras de ropa, electrodomésticos, libros, combustible, joyas o restauración. Asimismo, se hizo transferencias a cuentas propias y de su entorno cercano, incluyendo a su pareja sentimental, y domiciliaciones bancarias para seguros de vehículo.
Durante todo este tiempo, ni la Seguridad Social, ni la entidad bancaria, Caixabank, detectaron ninguna anomalía, a pesar de que la normativa exige a los bancos comprobar la supervivencia de los beneficiarios de prestaciones públicas. En julio de 2015, la firma financiera informó por fin del fallecimiento y cesaron los pagos. Para entonces, Cornelio ya había acumulado más de 317.000 euros en abonos indebidos.
Condenado por delito contra la Seguridad Social
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife condenó a Cornelio en 2021 por un delito contra la Seguridad Social. Además de los dos años de prisión, se le impuso una multa de 400.000 euros, la pérdida del derecho a percibir subvenciones públicas durante cuatro años y la obligación de indemnizar al ISM con 231.306,91 euros (cantidad aún no recuperada).
También se declaró responsable civil subsidiaria a Caixabank, al haber incumplido su deber de supervisión, si bien la entidad ya había devuelto al ISM 79.682 euros correspondientes a los últimos cuatro años de pagos indebidos.
Cornelio recurrió la condena

Sin embargo, a Cornelio no le pareció justa esta condena y decidió recurrirla. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias lo absolvió en 2022, argumentando que la administración ya tenía conocimiento del fallecimiento del pensionista, y que el error fue exclusivamente atribuible a la burocracia del sistema. No obstante, el Instituto Social de la Marina interpuso recurso de casación, respaldado por el Ministerio Fiscal.
El Supremo ha revocado la absolución y restaurado la condena original, al considerar que la conducta del acusado no fue un mero silencio pasivo, sino una acción deliberada para mantener el fraude: gestionó la cuenta a sabiendas, ocultó el fallecimiento de ambos progenitores al banco y utilizó los fondos durante años, lo que se traduce en un aprovechamiento ilícito prolongado.
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