
El permiso retribuido por hospitalización familiar es una medida relevante para la mejora de la conciliación de la vida laboral con la doméstica, que el Gobierno modificó en una actualización normativa realizada a través del Real Decreto aprobado el mes de junio de 2023. Se trata de la trasposición de la Directiva Europea 2019/1158, con la que se amplía el ámbito de aplicación de este derecho de todos los trabajadores.
El permiso protege el derecho de los empleados a ausentarse de su puesto de trabajo ante situaciones de enfermedad grave o ingreso hospitalario de familiares directos o convivientes que requieran cuidados efectivos. Sin embargo, es necesario acreditar cumplir con ciertos requisitos y condiciones para poder obtener acceso a esta medida de conciliación.
Requisitos del permiso
Para poder acceder al permiso, el trabajadores deberá demostrar que un familiar o conviviente está sufriendo un caso de hospitalización, accidente grave o enfermedad para el que sea necesario el cuidado y atención del solicitante, incluso en casos en los que sea porque se ha recomendado el reposo domiciliario. Para ello, el trabajador deberá presentar la documentación que la empresa haya solicitado para verificar y justificar el motivo del permiso, como informes médicos o certificados hospitalarios. En situaciones de urgencia o imprevistos, se permite la comunicación posterior de la enfermedad si así ha sido necesario, garantizando que el trabajador pueda ausentarse cuando la situación así lo requiera.
Según el artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores, y el artículo 48.a) del Estatuto Básico del Empleado Público, el permiso se concede para casos que afecten al cónyuge, pareja de hecho, familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, y también a aquellas personas que convivan en el mismo domicilio y requieran cuidado efectivo.

Para familiares de primer grado (padres, hijos), el permiso es de cinco días. En el caso de familiares de segundo grado (abuelos, nietos, hermanos), se concede un permiso de cuatro días. Asimismo, la norma incluye a convivientes a cargo del trabajador con las mismas condiciones que los anteriores, ampliando así el espectro tradicional de beneficiarios y reconociendo las nuevas realidades sociales y familiares.
Remuneración y días permitidos
El permiso retribuido por hospitalización familiar tiene una duración máxima de cinco días en el caso de familiares de primer grado y convivientes, y cuatro días para familiares de segundo grado, pero esta duración se calcula teniendo en cuenta los días hábiles, no naturales. Por lo tanto, los días utilizados de permiso solo se contabilizaran en el caso de que sean jornadas en las que la empresa ha continuado con su actividad laboral. Durante este periodo, el trabajador tiene derecho a percibir la remuneración íntegra correspondiente con su sueldo habitual, sin detrimento de sus condiciones salariales.
Además, es importante destacar que el trabajador puede elegir cómo y cuándo disfrutar de estos días dentro del periodo de hospitalización o enfermedad del familiar. Esta flexibilidad permite una mejor organización personal y laboral, adaptándose a las necesidades concretas del empleado y la situación sanitaria del familiar. No es obligatorio que el permiso comience inmediatamente al inicio del ingreso o enfermedad, sino que puede fraccionarse o utilizarse en los momentos más adecuados, siempre que coincida con la necesidad de cuidado efectivo.
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