
La prohibición de que un agresor se acerque a su víctima, o incluso a miembros específicos de su familia, se establece a través de una medida cautelar conocida como orden de alejamiento, a través de la cual se pretende garantizar la seguridad de las personas afectadas por la posible cercanía o interacción con el agresor.
Según el portal jurídico Dexia Abogados, la orden de alejamiento puede ser una medida protectora frente a los siguientes supuestos delitos: delitos contra la vida, integridad física o moral (homicidio, violencia de género, torturas, malos tratos, lesiones, etc.); delitos contra la libertad sexual como agresiones sexuales, acoso sexual o violación; o delitos contra la libertad o seguridad, en los que se subrayan detenciones ilegales, amenazas o coacciones, entre otros.
Además, una orden de alejamiento implica restricciones de comunicación con la víctima, ya sean de índole escrita, visual o verbal, utilizando medios como llamadas telefónicas, mensajes en aplicaciones de mensajería instantánea o por plataformas de redes sociales. Al imponer esta medida al agresor, también se restringe su acceso a lugares que la víctima frecuenta habitualmente, tales como su residencia, su lugar de trabajo o cualquier espacio que forme parte de sus rutinas diarias.
Ni víctima ni agresor pueden retirar la orden de alejamiento
Dado que una orden de alejamiento “puede ser una medida cautelar o formar parte de la sentencia de una condena”, una abogada de TikTok (@yourtrustedlawyer) es muy clara al respecto al afirmar que “no puedes hacer nada, no la puedes retirar aun cuando te reconcilies”.

“Seguramente, si se te ha interpuesto esa orden de alejamiento, hay una motivación suficiente; por lo tanto, retirarla no sería bueno para ti”, explica la letrada.
Asimismo, la vigencia de una orden de alejamiento estará activa desde el momento en que se inicia la ejecutoria hasta el tiempo de condena que haya sido estipulado por el magistrado. En el caso de incumplimiento, el que incumple la condena “podría cometer un nuevo delito, denominado quebrantamiento de condena”, indica la profesional del Derecho. Ante esta circunstancia, el artículo 468.2 del Código Penal dicta una pena de prisión de seis meses a un año si el agresor se salta la orden de alejamiento con dolo -se define como la conducta de realizar una acción con conocimiento y plena voluntad de realizarlo, aunque la persona sea consciente de que dicha acción conlleva infringir la ley penal-.
¿Puede retirarla el juez?
El despacho Dexia Abogados afirma, en su página web, que la figura del juez es la única capaz de dictar una orden de alejamiento y de ordenar la retirada de la misma. Esto último se aplica exclusivamente a los supuestos en los que la orden de alejamiento sea una medida cautelar.
A diferencia de la orden de alejamiento como sentencia firme, la orden de alejamiento como medida precautoria podrá dejar de tener efecto si las circunstancias que motivaron su aplicación son modificadas. A pesar de que la víctima puede presentar en el juzgado de instrucción un escrito donde ratifique su voluntad de retirar la medida y explique sus motivos, lo verdaderamente relevante ocurre en el juicio oral. Llegados a este punto, la víctima deberá acogerse a su derecho a no declarar. Aunque el Ministerio Fiscal siga manteniendo la acusación contra el presunto agresor, es poco probable que se imponga la orden de alejamiento en la sentencia firme.
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