
La reincorporación al trabajo tras una baja laboral puede implicar cambios en el puesto que ocupaba el empleado antes de su ausencia. Esto queda indicado en el Estatuto de los Trabajadores, donde se explica que las empresas tienen la posibilidad de modificar las funciones o incluso la ubicación del lugar de trabajo de un empleado, siempre que existan razones justificadas y se respeten ciertos derechos fundamentales.
Este proceso, conocido como movilidad funcional, genera dudas y preocupaciones entre los trabajadores, especialmente en casos donde el cambio no es consensuado.
Y es que la ley establece que los empleados tienen derecho a regresar al puesto que desempeñaban antes de su baja. Sin embargo, las empresas pueden realizar modificaciones en las tareas asignadas o en la ubicación del trabajo bajo dos condiciones específicas: que las nuevas funciones sean acordes con la titulación profesional del empleado y que se respeten su dignidad y categoría profesional. Además, cualquier cambio debe estar respaldado por razones técnicas, organizativas o económicas, y no puede implicar una reducción salarial.
Movilidad funcional y geográfica: ¿Qué permite la ley?
El concepto de movilidad funcional permite a las empresas reasignar tareas o cambiar de puesto a un empleado dentro de la misma organización. Ahora bien, esta medida debe cumplir con ciertos requisitos legales, como respetar la categoría profesional del trabajador y garantizar que el cambio no sea percibido como una represalia por haber estado de baja. Además, cualquier modificación debe justificarse de manera objetiva y razonable, y no simplemente tras el regreso del trabajador cuando ha estado enfermo.
Por otro lado, la movilidad geográfica implica el traslado del empleado a una ubicación diferente para desempeñar sus funciones. Este tipo de cambio también debe estar respaldado por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Pero siempre hay que recordar que la empresa está obligada a notificar este cambio al trabajador, o a sus representantes legales, con al menos 30 días de antelación. En caso de que el traslado sea temporal y supere los tres meses, el preaviso puede reducirse a cinco días.

Cambios por motivos de salud: Adaptación del puesto de trabajo
Cuando la baja laboral está relacionada con problemas de salud, como enfermedades físicas, estrés o ansiedad, las empresas tienen la obligación de adaptar el puesto de trabajo para garantizar que el empleado pueda desempeñar sus funciones sin poner en riesgo su bienestar. En el caso de que la adaptación no fuese posible, la empresa debe asignar al trabajador un puesto alternativo que sea compatible con su estado de salud.
La decisión sobre si un empleado está en condiciones de continuar en su puesto original recae en el médico que en su momento trató su baja. Y si el cambio implica un puesto de categoría inferior, el salario del trabajador no puede ser reducido.
Otra cuestión que genera dudas es si un empleado puede cambiar de trabajo mientras se encuentra de baja laboral. Y sí, esto es posible, y la Seguridad Social continuará pagando la prestación por incapacidad temporal, ya que esta se originó en el empleo anterior. Sin embargo, el trabajador no podrá incorporarse al nuevo puesto hasta que reciba el alta médica.
Eso sí, en estos casos es fundamental que el empleado sea transparente con ambas empresas. La empresa anterior debe ser informada de que el trabajador no planea regresar, mientras que la nueva debe estar al tanto de que no podrá contar con el empleado hasta que finalice su baja. Una vez que se firma un nuevo contrato, la relación laboral con la empresa anterior concluye, y esta ya no está obligada a reservar el puesto de trabajo.
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