
Cuando una empresa contrata a un trabajador, no solo está obligada a pagar el salario acordado, sino también a cumplir con una serie de obligaciones fiscales y laborales. Entre estas obligaciones, destaca la cotización a la Seguridad Social, una parte fundamental para garantizar las prestaciones sociales de los empleados. Este proceso de cotización funciona para que, tanto la empresa como el trabajador, realicen aportaciones económicas al sistema de Seguridad Social.
Estas cotizaciones permiten que el empleado pueda acceder a una serie de prestaciones sociales, como la jubilación, el subsidio por desempleo, prestaciones por incapacidad temporal, maternidad/paternidad y el derecho a la asistencia sanitaria. El empresario es responsable de gestionar y realizar el pago de estas cotizaciones, que incluyen tanto la parte correspondiente a la empresa como la que le corresponde al trabajador. Es importante destacar que las cuotas de la Seguridad Social se calculan sobre la base de cotización del empleado, la cual se determina en función de su salario bruto y otros beneficios o retribuciones extrasalariales.
Cómo se calcula la base de cotización
La base de cotización es el importe sobre el que se aplican los tipos de cotización para calcular cuánto debe pagarse a la Seguridad Social. En términos generales, la base de cotización se compone de las retribuciones mensuales brutas del trabajador (sueldo, pagas extras, comisiones, incentivos) y otros conceptos retributivos que reciba. Cada año, el Gobierno establece las bases mínimas y máximas de cotización en función del grupo de cotización al que pertenece cada trabajador, dependiendo de su categoría profesional. Esto quiere decir que, independientemente del salario de un empleado, si la base de cotización es inferior a la mínima establecida, se utilizará esta última para calcular las aportaciones a la Seguridad Social.
En España, las cotizaciones a la Seguridad Social se dividen en varios conceptos o contingencias, y tanto el empleador como el empleado contribuyen a su pago. Las principales contingencias que se cubren con las cotizaciones son las siguientes:
- Contingencias comunes: Cubre prestaciones como la jubilación, bajas médicas, maternidad y paternidad, y la asistencia sanitaria. Para esta contingencia, la empresa paga el 23,6% de la base de cotización, mientras que el trabajador aporta un 4,7%.
- Contingencias profesionales: Incluyen la cobertura de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. El porcentaje varía según la actividad de la empresa y el riesgo asociado a la misma, ya que sectores como la construcción o la minería tienen tipos más elevados que sectores menos peligrosos como la administración.
- Desempleo: Tanto la empresa como el trabajador deben contribuir al sistema de protección por desempleo. La empresa paga el 5,5% de la base de cotización, mientras que el trabajador aporta el 1,55%.
- Fondo de Garantía Salarial (FOGASA): Este fondo garantiza el pago de salarios e indemnizaciones en caso de insolvencia del empleador. La empresa paga un 0,2% de la base de cotización por este concepto. El trabajador no realiza aportación alguna a FOGASA.
- Formación profesional: Tanto el empleador como el trabajador contribuyen a la formación profesional del empleado. La empresa paga un 0,6% de la base de cotización, mientras que el trabajador aporta el 0,1%.
Ejemplo de cotización para un trabajador con salario base
Supongamos que tienes una empresa en España y contratas a un trabajador con un salario bruto mensual de 2.000 euros. A continuación, desglosamos cuánto debes pagar a la Seguridad Social por este empleado:
- Contingencias comunes:
Empresa: 2.000 € x 23,6% = 472 €
Trabajador: 2.000 € x 4,7% = 94 € - Desempleo:
Empresa: 2.000 € x 5,5% = 110 €
Trabajador: 2.000 € x 1,55% = 31 € - Fondo de Garantía Salarial (FOGASA):
Empresa: 2.000 € x 0,2% = 4 € - Formación profesional:
Empresa: 2.000 € x 0,6% = 12 €
Trabajador: 2.000 € x 0,1% = 2 €
En este ejemplo, la empresa tendría que pagar 598 euros al mes en cotizaciones a la Seguridad Social por el trabajador, mientras que al empleado se le descontarían 127 euros de su nómina para las cotizaciones.
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