La bancada del Pacto Histórico confirmó que no asistirá a la posesión presidencial de Abelardo De la Espriella, programada para el próximo 7 de agosto en el Congreso de la República.
A través de una carta enviada a las mesas directivas del Senado y la Cámara de Representantes, el bloque político explicó que la decisión responde al ejercicio de su derecho a la oposición y a una forma de desobediencia civil pacífica frente a lo que considera cuestionamientos sobre la legitimidad del nuevo Gobierno.
El documento, fechado el 5 de agosto y dirigido al presidente del Senado, Honorio Henríquez, y al presidente de la Cámara, Nicolás Antonio Barguil, señala que la determinación fue adoptada en reuniones internas de la bancada, junto con las representaciones afrodescendientes e indígenas que respaldan la decisión.
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Además de confirmar su ausencia en la ceremonia, los congresistas anunciaron que no harán uso de los servicios logísticos, de transporte, alojamiento o protocolo dispuestos para el acto de posesión.
Asimismo, informaron que renunciarán al pago del salario y las prestaciones correspondientes a esa jornada, con el argumento de evitar cualquier gasto de recursos públicos relacionado con su inasistencia.
En la comunicación, el Pacto Histórico aclaró que su decisión no pretende desconocer la Constitución, las instituciones del Estado ni el orden democrático. Por el contrario, sostuvo que se trata de una manifestación pública, pacífica y no violenta del derecho fundamental a la oposición, de la autonomía parlamentaria y de la libertad de representación política.
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Como sustento jurídico, la bancada citó el artículo 112 de la Constitución Política, el Estatuto de la Oposición y la Ley 1909 de 2018, normas que, según el documento, garantizan a los partidos declarados en oposición la posibilidad de ejercer control político y adoptar actuaciones acordes con esa condición.
También invocó los artículos 113, 114 y 133 de la Constitución, relacionados con la separación de poderes, la autonomía del Congreso y el deber de los congresistas de representar al pueblo consultando la justicia y el bien común. A esto sumó el artículo 93, que incorpora al bloque de constitucionalidad los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia.
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En ese apartado, la carta hace referencia a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Carta Democrática Interamericana, al considerar que estos instrumentos protegen la libertad de expresión, la participación política, el pluralismo y las garantías para la oposición.
El bloque también aseguró que la Corte Constitucional ha reiterado que el pluralismo político constituye uno de los pilares del Estado Social de Derecho y que las garantías para la oposición fortalecen el sistema democrático, por lo que considera que su determinación está respaldada por la Constitución y la legislación vigente.
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