
El miércoles 11 de junio de 2025, el presidente Gustavo Petro firmó el decreto que convoca a los colombianos a una consulta popular, con el propósito de interrogar a la ciudadanía sobre el sistema laboral en Colombia, pese a que en el Senado fue negada en su sesión del 14 de mayo de 2025.
Según la normativa firmada por el primer mandatario de los colombianos, junto con varios ministros y funcionarios del Estado, identificado como Decreto 639 del 11 de junio de 2025, la convocatoria se realizaría para el 7 de agosto del año en curso, fecha en la que los ciudadanos decidirán si aprueban o no una serie de propuestas relacionadas con derechos laborales, formalización del empleo, condiciones de trabajo, y garantías sociales para distintos sectores.
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Al ser un documento de interés nacional, esté deberá ser evaluado por parte de la Corte Constitucional. No obstante, la consulta también fue presentada ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, en el que examinará la proposición radicada por el Ejecutivo.

No obstante, se espera que el concepto de la entidad sea revelado en la semana del 16 al 20 de junio de 2025, tal como lo manifestó el titular de esta dependencia, Hernán Penagos, en una rueda de prensa del domingo 15 de junio de 2025.
“La Registraduría, con todo su equipo jurídico, está estudiando con el rigor debido ese decreto, así como la decisión que adoptó y que también fue comunicada a la Registraduría Nacional, la decisión que adoptó el Senado de la República y que está certificada y radicada ante la entidad (...) y al inicio de esta semana que empieza, la Registraduría se pronunciará de fondo sobre el asunto”, indicó el funcionario a los medios de comunicación.

Del mismo modo, el funcionario detalló que, para el concepto de la entidad, se tendrán en cuenta varios aspectos como la radicación de demandas ante el Concejo de Estado, así como tutelas y otras acciones populares radicadas posteriores a la expedición del decreto en cuestión.
“Tenemos registrados algo así como 30 demandas ante el Consejo de Estado por nulidad simple. Tenemos registradas también, por lo menos, las que se han comunicado a la Registraduría, algo así como seis demandas de inconstitucionalidad ante el Consejo y ante la Corte Constitucional", indicó Penagos.
Además, el registrador afirmó: “A la Registraduría han llegado algo así como seis o siete solicitudes de declaratoria de la excepción, de inconstitucionalidad, múltiples derechos de petición. Hemos dado cuenta también acerca de más de 80 tutelas que cursan en los diferentes despachos judiciales del país”.

Sin embargo, Hernán Penagos reiteró que el concepto de la Registraduría se dará a conocer oportunamente, teniendo en cuenta, las acciones presentadas por la ciudadanía, así como la postura del Gobierno Petro y el Senado de la República.
“Se hace necesario estudiar con mucho rigor y con mucho juicio ese decreto, esa convocatoria, así como las demás solicitudes que han llegado a la entidad. Insisto, en los próximos días la Registraduría se pronunciará de fondo respecto de esa solicitud”, puntualizó.

Además de la Registraduría, la consulta popular también fue remitida a la Corte Constitucional para su revisión, donde se busca determinar si la medida cumple con las disposiciones legales establecidas en la Constitución.
“En cumplimiento de lo establecido en el artículo 241, ordinal 3, de la Constitución Política, así como en atención a lo señalado en el artículo 7 del Decreto 639 del 11 de junio de 2025 ‘por el cual se convoca a una consulta popular nacional y se dictan otras disposiciones’, remito el mencionado decreto, con el objeto de que se adelanten las actuaciones correspondientes a su control jurisdiccional”, indicó el secretario jurídico de la Presidencia, Augusto Alfonso Ocampo, en una misiva enviada al magistrado Jorge Enrique Ibáñez, presidente del alto tribunal.
La consulta popular propuesta por el Gobierno de Gustavo Petro ha generado un amplio debate en el ámbito político y jurídico de Colombia. La decisión de enviar el decreto a la Corte Constitucional subraya la importancia de garantizar que la medida se ajuste a las normas legales vigentes.
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