
Nicolás Petro Burgos recibió un nuevo “golpe” en medio del proceso penal que se adelanta en su contra. El hijo del presidente de la República fue notificado, por parte del Tribunal Superior de Barranquilla, de la negación de una acción de tutela que había interpuesto su defensa.
La medida buscaba, principalmente, que el juez del caso se pronunciara finalmente sobre la solicitud de nulidad del mismo. Sin embargo, desde el tribunal de la capital atlanticense negaron dicha posibilidad.
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Dentro de los argumentos que dieron a conocer desde el órgano judicial para constatar dicho dictamen está que no hubo vulneración de derechos fundamentales contra el hijo del máximo líder del Pacto Histórico, así como sí se brindaron las garantías pertinentes en medio del proceso.
Tales aspectos habían sido cuestionados desde la defensa de Petro Burgos, sin embargo, los organismos encargados desmintieron tales señalamientos. Puntualmente, desde el tribunal enfatizaron en que no existen “evidencias” de que se haya registrado tal situación en el caso.
“Dicha diligencia, muy a pesar de que la imputación se trata de un acto de parte de la Fiscalía sobre el cual no procede en principio, solicitud de nulidad, a menos que se advierta la vulneración palmaria de garantías fundamentales, lo cual no se evidencia que haya ocurrido en esa actuación”.
De hecho, los magistrados involucrados en el proceso indicaron que el dictamen del Tribunal Superior de Barranquilla cumplió con todos los requisitos legales, permitiendo así que la acusación en contra de Petro Burgos pudiera formalizarse.
“En efecto, la Sala no avista la violación de derechos fundamentales que invoca el accionante, no solo porque la decisión censurada por vía de tutela viene suficientemente razonada y coincide en esencia con lo dicho en reiterada jurisprudencia por la Sala Penal de la Corte”.

Así mismo, desde el órgano judicial recalcaron en que los cargos que imputaron al hijo del presidente Gustavo Petro, enriquecimiento ilícito y lavado de activos, no registren la posibilidad de ejercer su derecho a la defensa.
Cabe resaltar que una vez las autoridades acusaron a Petro Burgos por tales delitos, desde la defensa del acusado hicieron énfasis en que aquel procedimiento no había cumplido, a cabalidad, con los requerimientos legales pertinentes.
“No se estableció la relación de causalidad del supuesto incremento patrimonial del imputado con su cargo o dignidad como Diputado del departamento del Atlántico, aspecto concluido por éste al parecer sin mayor esfuerzo, por lo que no podría decirse válidamente que la imputación impide el derecho de defensa”.
Es válido añadir que los organismos encargados explicaron que la decisión del Tribunal Superior de Barranquilla “se orientó por los parámetros expuestos por la jurisprudencia de la Honorable Corte Suprema de Justicia, frente al rechazo de plano de la solicitud de nulidad elevada por la defensa”.
Tribunal de Bogotá ya había negado petición de Nicolás Petro para acceder a información reservada
Cabe resaltar que esta no es la primera vez que un tribunal niega una solicitud de Nicolás Petro desde que está inmerso en el proceso penal. El martes 19 de diciembre de 2023, el Tribunal Superior de Bogotá no accedió a entregar a la defensa del acusado una copia de las audiencias efectuadas en su contra.
La solicitud que se hizo desde el entorno del hijo del presidente, que además abarcaba información detallada sobre el procedimiento de su captura y demás documentos relacionados con el caso, buscaba establecer una estrategia de defensa.
No obstante, en aquella oportunidad, el tribunal negó la petición y la declaró improcedente.
“Al respecto, no se observa que Petro Burgos o su defensor hubiesen solicitado al Centro de Servicios expedir copia de las actas y los registros de audio y video de las audiencias, de formulación de imputación y de solicitud de medida de aseguramiento adelantadas en contra del accionante”, se leía en el fallo en el que se ratificó la determinación.
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