
Los accidentes siempre se encuentran a la orden del día, por ello, si eres trabajador y sufriste alguno, o incluso no puede seguir laborando por enfermedad, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) explicó cómo solicitar la pensión en esos casos.
De acuerdo con el ISSSTE, aquellos que presentan un problema similar, podrán acceder a la pensión por incapacidad parcial o permanente, la cual se otorga en caso de que se encuentre imposibilitado para desempeñar su profesión al 100% o 50%, según sea el caso.
Se trata de un trámite gratuito, y el trabajador podrá llevar a cabo el procedimiento al acudir al departamento de pensiones, seguridad e higiene del ISSSTE más cercano a su domicilio y presentar la documentación necesaria.

¿Cuáles son los documentos que deberá presentar?
*Dictamen expedido por el médico del trabajo que certifique la lesión orgánica producida en el ejercicio o con motivo del trabajo por incapacidad total o parcial.
*Original y copia de identificación oficial vigente del trabajador como: credencial para votar INE, Pasaporte o Cédula profesional.
Una vez que el interesado o familiar realizó el proceso, se otorgará el primer pago correspondiente de la pensión, 20 días hábiles después de la solicitud.
En caso de no realizar el trámite, el trabajador no tendrá acceso a la pensión a la que tiene derecho por causa de riesgo de trabajo o incapacidad.

Uno de los requisitos para la pensión por invalidez es que deberán tener 15 o más años de cotización, su baja tendrá que ser por inhabilitación física o mental y ajena a su cargo amparados por un dictamen médico.
Para mayor información se podrá consultar el siguiente link: http://www.issste.gob.mx/pensiones/tipospensionesdt.html.
Por su parte, el tema de las pensiones puede desencadenar una serie de interrogantes importantes para varias personas, pues de ello depende su futuro, tal es el caso de dudas como: ¿puedo sumar las semanas cotizadas del IMSS e ISSSTE?
Es decir, si un ciudadano tiene registradas semanas de cotización, tanto para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), como para el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), y lo que busca es pensionarse, primero deberá unificarlas, por lo que aquí daremos a conocer cómo lograrlo.
En caso de que una persona haya cotizado para los dos sistemas de seguridad social, cuenta con la opción de unir el tiempo de cotización para poder pensionarse a través de la modalidad de portabilidad de derechos.
De acuerdo con el IMSS, en 2009 se firmó un convenio de portabilidad entre ambos institutos, mediante el cual se reconocen los años cotizados de un empleado al pasar de un sistema a otro.
Sin embargo, los trabajadores que desean pensionarse bajo la modalidad de portabilidad de derechos, primero deberá de tramitar la constancia de períodos reconocidos en los servicios de afiliación de ambos institutos.
Dicha constancia es un documento que refleja el número de semanas cotizadas que reunió un trabajador ante el IMSS o ISSSTE, siempre y cuando se encuentre amparado ante el sistema de cuentas individuales.
Además, el trámite se puede ejecutar por internet o ventanilla siguiendo algunos sencillos pasos.
Para saber si las cuentas están unificadas, el proceso se podrá llevar a cabo desde la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) a la que pertenezca.
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