
Un extenso informe publicado por Prisoners Defenders documentó con precisión la existencia de un sistema de trabajo forzoso en las cárceles de Cuba, donde al menos 60.000 personas sancionadas penalmente son obligadas a trabajar bajo condiciones que el propio reporte califica como esclavitud.
El estudio, basado en 53 declaraciones individuales validadas y más de 60 entrevistas adicionales, revela que el Estado cubano utiliza a la población penitenciaria como fuerza laboral esclava para la producción de bienes, principalmente carbón vegetal de marabú y tabaco, destinados en su mayoría a la exportación hacia Europa.

La investigación, verificada externamente por el Institute for Crime & Justice Policy Research de la Universidad de Londres, expone que el 100% de los testimonios recogidos identifican patrones sistemáticos de trabajo forzoso.
Los reclusos, tanto comunes como políticos, son sometidos a coacción, amenazas, violencia física y represalias para obligarlos a trabajar.
El informe detalla que el 69,81% de los declarantes no firmó contrato laboral ni recibió documento alguno que regulara su vínculo; y el 98,11% trabajó sin herramientas, formación ni útiles necesarios.

Además, el 96,23% fue sometido a graves riesgos por las condiciones climáticas y ambientales; y el 81,13% reportó graves deterioros físicos y psicológicos como consecuencia del trabajo forzoso.
Las condiciones descritas por los reclusos incluyen jornadas de más de 63 horas semanales, con una media de 10 horas diarias y descansos mínimos o inexistentes.
El 94,34% de los entrevistados fue obligado a trabajar con enfermedades incompatibles con las tareas asignadas; y el 98,11% no recibió medicamentos ni atención médica adecuada. Solo el 5,66% fue evaluado médicamente antes de iniciar el trabajo forzoso.
Los testimonios recogen secuelas físicas como mutilaciones, problemas de columna, tuberculosis, hipertensión, úlceras, estrés postraumático y ansiedad crónica.

El informe recogió la palabra de los reclusos que ilustran la gravedad de la situación: “Me obligaron a cargar sacos de carbón con lesiones en el hombro. Cuando protesté, me quitaron las visitas familiares durante un mes” o “Nos pagan entre 34 y 62 céntimos de dólar por tonelada de carbón vegetal de marabú producida enteramente por nosotros”. Otro testimonio señala: “Dormimos en el campo, sin camas, sin techo... Solo podemos beber el agua sucia de un abrevadero donde mismo beben las vacas en una finca cercana”.
Las mujeres privadas de libertad sufren condiciones especialmente degradantes. El 87,50% de las entrevistadas, fue obligada a realizar trabajos no adecuados; y el 50% sufrió acoso y violencia sexual, tanto por parte de funcionarios como de otros reos. Una de ellas fue violada y otra obligada a trabajar durante su embarazo.
El carbón vegetal de marabú es el principal producto generado bajo este sistema. En 2023, Cuba exportó 61,8 millones de dólares en carbón vegetal, convirtiéndose en el noveno mayor exportador mundial. Los principales destinos fueron España, Portugal, Grecia, Italia y Turquía.
El informe detalla que el precio de venta por tonelada en Europa ronda los USD 500, mientras que el pago al trabajador forzoso cubano es de menos de 10 milésimas de dólar por cada saco de 15 kilogramos. El margen de exportación para el régimen cubano alcanza el 99,96%, y el margen bruto para los comercializadores europeos supera el 64%.

El tabaco cubano también se produce en fábricas instaladas dentro de las prisiones, como la de Quivicán. Allí, 40 presos trabajan jornadas de hasta 15 horas diarias por un salario de USD 7,32 al mes, mientras que los civiles que supervisan la producción reciben USD 97 mensuales y mejores condiciones.
Los presos deben confeccionar entre 50 y 130 cigarros diarios, y cualquier queja o bajo rendimiento se castiga con el regreso a regímenes penitenciarios más severos. El informe calcula que la retribución media por cada puro elaborado es de 3,25 milésimas de dólar, mientras que el precio de venta al público en Europa supera los USD 21 por unidad.
El sistema de trabajo forzoso no se limita a la producción de carbón y tabaco. Los reclusos también son empleados en el corte de caña de azúcar, agricultura, construcción, recogida de basuras, limpieza de calles y trabajo en instituciones estatales. El informe documenta que los generales y altos mandos del ejército utilizan a los presos para construir sus propias mansiones privadas.
El análisis legal incluido en el informe demuestra que la legislación cubana no solo permite, sino que fomenta explícitamente, la coacción para trabajar. Las leyes condicionan los beneficios penitenciarios a los “resultados relevantes en el trabajo”, imponen plazos estrictos para incorporarse a laborar y prevén la revocación de alternativas penales ante incumplimientos vinculados al trabajo.

El Código Penal y la Ley de Ejecución Penal establecen el trabajo correccional como sanción principal y medio fundamental del tratamiento penitenciario, mientras que el Reglamento del Sistema Penitenciario condiciona los beneficios a la “excepcional conducta en el trabajo socialmente útil”.
El informe subraya la incompatibilidad de este sistema con los estándares internacionales. El Convenio 29 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos prohíben el trabajo forzoso y la esclavitud, salvo en condiciones estrictamente reguladas y bajo salvaguardas de dignidad, seguridad y remuneración justa. Las Reglas Mandela de la ONU establecen la voluntariedad, la utilidad para la reinserción social y la prohibición de trabajos punitivos o degradantes en el ámbito penitenciario.
El estudio también documenta patrones de discriminación racial. El 64,15% de los declarantes se identificó como afrocubano, a pesar de que este grupo representa solo el 33,7% de la población cubana. La sobrerrepresentación de afrocubanos entre los presos políticos y los sometidos a trabajo forzoso alcanza el 190,36% respecto a su peso en la sociedad. El colectivo afrocubano sufre mayores amenazas, jornadas laborales más largas, peores condiciones salariales y contractuales, y una mayor exposición a riesgos ambientales.
En cuanto a la responsabilidad internacional, el informe señala que la Unión Europea y los países importadores tienen la obligación de inspeccionar y prohibir la comercialización de productos elaborados con trabajo forzoso, en cumplimiento de la EU Forced Labour Regulation y la Directiva de Debida Diligencia en Sostenibilidad Corporativa (CSDDD).
La continuidad en la importación y venta de carbón vegetal de marabú cubano constituye una violación de la normativa europea y de los compromisos internacionales de los Estados miembros.

El informe concluye que el sistema penitenciario cubano constituye una maquinaria de represión y extracción de valor económico mediante coerción, sufrimiento y abuso, sostenida por la impunidad y la ausencia de supervisión independiente. El Estado cubano debe ser responsabilizado internacionalmente por estas violaciones masivas y sistemáticas de los derechos humanos.
El documento exige la condena internacional, la prohibición del comercio basado en estas prácticas, la apertura del sistema penitenciario a misiones independientes y la reparación integral a las víctimas, especialmente mujeres y personas afrodescendientes sometidas a formas agravadas de discriminación.
Entre las citas textuales destacadas en el informe, un recluso resume la situación: “Nunca firmé un contrato. Me dijeron que, si no trabajaba, no vería la luz del sol por semanas. Era eso o el calabozo”.
Otro testimonio ilustra la represión: “Te amenazaban con quitarte pases y visitas”. Una mujer privada de libertad relata: “Vi una reclusa que se fracturó un pie y le dijeron que si iba al médico ya no podría salir de pase, y ella no tenía opción, era madre de niños pequeños”.
Un preso político también describió el sistema: “El cambio de régimen penitenciario, o campamento, como se le conoce, no es un beneficio, es una herramienta. La policía política lo utiliza por varios motivos y le funciona muy bien. Todos los reclusos que se encuentran cumpliendo sanción, ya sea por delitos comunes o casos políticos, añoran su libertad y eso la policía lo usa”.
El informe de Prisoners Defenders constituye la documentación más exhaustiva hasta la fecha sobre el trabajo forzoso en las prisiones cubanas, aportando evidencia cuantitativa y cualitativa de un sistema de explotación institucionalizado que afecta a decenas de miles de personas y que tiene ramificaciones directas en los mercados internacionales.
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