
La interpretación de las reglas en diversas acciones arbitrales del fútbol español ha generado varias aclaraciones oficiales en los últimos días. Una de las intervenciones más revisadas se produjo durante el partido entre el FC Barcelona y el Real Oviedo, en la que el Comité Técnico de Árbitros (CTA) de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) respaldó la actuación del portero ovetense Aarón Escandell. Según informó el CTA en el espacio de la RFEF ‘Tiempo de revisión’, el control realizado por Escandell se consideró realizado dentro del área y, conforme a las reglas vigentes, no supuso infracción alguna, por lo que el lanzamiento de tiro libre señalado durante el encuentro se consideró incorrecto.
El incidente se suscitó en el minuto 32 del partido, cuando el jugador del Barcelona, Raphinha, buscaba alcanzar un balón al espacio, y Escandell interceptó el esférico justo en el límite del área. El árbitro Juan Martínez Munuera determinó que el guardameta había controlado el balón dentro del área y que su salida posterior con la pelota entre las manos se debió a la inercia de la jugada. Pese a su decisión de otorgar un tiro libre, la cartulina amarilla mostrada al portero ovetense se relacionó con las protestas posteriores y no con esa acción en particular, detalló el CTA.
En su análisis, el Comité relató que, según establece el reglamento del fútbol, las líneas que delimitan el área se consideran parte de la misma. Si el balón se encuentra sobre la línea, sigue estando dentro. El CTA explicó que el aspecto crucial radica en el lugar donde el portero controla el balón, ya que si ese control se inicia dentro del área y la salida se produce por la dinámica del movimiento, la acción no debe sancionarse. Solamente corresponde castigo disciplinario si existe control deliberado del balón fuera del área y una consecuencia táctica clara, como impedir un ataque prometedor o evitar una ocasión manifiesta de gol, en cuyo caso la sanción sería amarilla o roja, respectivamente. De acuerdo con el CTA, “el control fue dentro, línea incluida, por lo que el tiro libre no se debió conceder al no cometerse infracción alguna. El VAR no puede intervenir al no ser uno de los cuatro supuestos de intervención”.
El mismo pronunciamiento oficial abordó otra jugada controvertida que involucró una posible infracción dentro del área barcelonista. Los futbolistas del Oviedo solicitaron penalti alegando que el portero Joan Garcia había derribado a Alberto Reina al disputar un balón dividido en el área. El Comité Técnico de Árbitros analizó la acción y señaló que García se adelantó al delantero, controlando la pelota con ambas manos antes de que el jugador rival lograra impactar el balón, lo que provocó la caída de Reina por la propia dinámica de la jugada. Conforme a las reglas de juego, el portero controla el esférico siempre que este se encuentre entre las manos y cualquier otra superficie, como el suelo, el poste o su propio cuerpo. En estas circunstancias, el guardameta no puede ser desafiado por un rival. Para el CTA, Joan Garcia llegó primero al esférico y mantuvo el control en todo momento, lo que eliminó la posibilidad de sancionar penalti en este caso.
El Comité también evaluó otro episodio polémico en otro encuentro relevante de la jornada. La jugada en cuestión ocurrió en el enfrentamiento entre Valencia y Espanyol, cuando el árbitro sancionó un penalti a favor del equipo valenciano en el minuto 92. El desarrollo de la jugada partió de un agarrón en la zona central del campo sobre un jugador del Espanyol, acto que no fue señalado como falta por el colegiado. Más adelante, dentro del área, un defensor del Espanyol pisó al atacante del Valencia, lo que provocó la caída del delantero y el subsecuente señalamiento del penalti por parte del árbitro.
Según publicó el medio oficial de la RFEF, el CTA recordó que la regla 12 considera infracción un agarrón cuando este impide de manera clara el desarrollo de la acción del oponente. Además, el pisotón punible dentro del área implica penalti si el contacto resulta sancionable. El análisis del Comité definió que el penalti existió porque el pisotón resultó imprudente e interfirió con la continuidad de la jugada para el delantero valencianista. Sin embargo, el CTA aclaró que debió sancionarse previamente la infracción correspondiente al agarrón incial, ya que este suceso anuló posteriormente la intervención defensiva: “La acción previa de la sujeción extensible que anula al jugador defensor debió ser sancionada”.
Respecto al papel del VAR en esta secuencia, el CTA consideró que el protocolo demandaba una revisión más exhaustiva de la fase de ataque. Según la valoración del Comité, el sistema de videoarbitraje debía haber identificado la falta cometida en la génesis de la jugada y revisar el penalti para, en consecuencia, anular su señalamiento, informó la RFEF.
Estas aclaraciones realizadas por el Comité Técnico de Árbitros buscan aportar transparencia sobre las jugadas polémicas y la aplicación de las reglas, explicando los criterios técnicos que rigen tanto las decisiones arbitrales en el campo como las intervenciones del VAR.
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