El TSXG revisará este lunes el caso del asesinato de la lucense Cristina Cabo tras la apelación presentada por el autor

La Sala gallega examina la solicitud de rebaja de condena de 26 a 22 años para JUVS, quien confesó el crimen de una comerciante, tras la presentación de recursos que alegan atenuantes por trastorno mental y colaboración con la justicia

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El jurado que dictaminó una condena de 26 años para JUVS consideró probado que cometió el asesinato con alevosía y ensañamiento, tras infligir 49 heridas con un cuchillo a Cristina Cabo en su domicilio, donde ambos acudieron después de conocerse en un pub del centro histórico de Lugo. Según informó el medio, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha decidido examinar este lunes la apelación presentada por el condenado, quien solicita que se rebaje su pena a 22 años, alegando atenuantes relacionadas con trastorno mental y colaboración con la justicia.

Tal como publicó el medio, el caso gira en torno al asesinato de una comerciante lucense de 42 años, responsable de una tienda de productos ecológicos situada en el barrio de A Milagrosa. Los hechos, que se produjeron en 2022, quedaron esclarecidos durante tres días de juicio celebrados en mayo, donde el jurado estimó que, además del homicidio, existió robo: al momento de la detención, JUVS poseía una bicicleta y un ordenador propiedad de la víctima, objetos que sustrajo de la vivienda tras dejarla herida de gravedad.

Durante el juicio, la defensa, representada por la abogada Pilar Baños, planteó que la pena impuesta no debía superar los 22 años. Para ello presentó argumentos en torno a la legítima defensa, además de alegar que el acusado sufría un trastorno mental transitorio derivado del consumo elevado de drogas y alcohol durante la noche en que ocurrieron los hechos. Asimismo, la letrada expuso el atenuante de confesión al considerar que el acusado colaboró con la investigación tras haber admitido los hechos posteriormente a su arresto, cooperación que, según reportó la fuente, tampoco fue considerada relevante por el jurado.

La autoría de JUVS no fue puesta en duda a lo largo del proceso. Los hechos se esclarecieron gracias a su confesión realizada ante los cuerpos policiales encargados de la investigación, iniciada tras la denuncia presentada por la hermana del acusado. Esta persona, quien llevaba dos meses viviendo en España, acudió a las autoridades tras conocer la implicación de JUVS en el caso, conforme detalló el medio.

De acuerdo con la información proporcionada, lo que estuvo en debate durante el juicio fue si los hechos debían catalogarse como asesinato —por la existencia de ensañamiento y alevosía— o como homicidio. Finalmente, basándose en el veredicto del jurado popular, la Audiencia Provincial sentenció al acusado a 22 años de prisión por asesinato y a otros cuatro años por el delito de robo, sumando un total de 26 años de prisión.

Además de la condena a prisión, la sentencia estipula que el responsable será expulsado de territorio español una vez acceda al tercer grado o a la libertad condicional. Según lo consignado por la fuente, se le prohibirá regresar a España durante un periodo de 10 años a partir de su salida en libertad.

La vista celebrada este lunes en el TSXG solventará si resulta procedente una reducción de la pena, basándose en los mismos elementos expuestos por la defensa durante el primer juicio —atenuantes de trastorno mental, legítima defensa y colaboración tras la confesión— argumentos que ahora fundamentan el recurso de apelación presentado por el condenado. El resultado de esta revisión podría modificar la condena inicial dictada por la Audiencia Provincial, en función de la valoración que realicen los magistrados sobre la procedencia de esas circunstancias atenuantes.

El jurado popular que decidió la condena descartó incorporar estas atenuantes, valoración que se trasladó a la sentencia y que ahora se encuentra bajo análisis de la Sala gallega, conforme remarcó el medio. El caso, que generó consternación en la ciudad de Lugo por las características del crimen y el perfil de la víctima, se reabre así en una nueva fase judicial centrada en la posible mitigación de la pena.