Roma, 19 jun (EFE).- La Justicia italiana concluyó que el Estado "no tenía el deber" de ofrecer un puerto seguro al barco de la ONG española Open Arms y por eso absolvió al entonces ministro del Interior y actual vicepresidente del Gobierno, el ultraderechista Matteo Salvini, por bloquear la nave humanitaria, con 147 migrantes rescatados a bordo, en 2019.
"No pesaba sobre el Estado italiano ningún deber de proporcionar un 'Puerto Seguro', ni, por tanto, sobre el imputado actual", señala el tribunal de Palermo en las motivaciones de la sentencia absolutoria emitida el pasado diciembre y recogidas este jueves por medios locales.
Según los jueces, esta premisa les eximió de tener que analizar en detalle otras cuestiones debatidas durante el juicio, como si existía una situación de emergencia o si los tiempos de espera para el desembarco fueron razonables.
El tribunal argumenta que Italia se limitó a prohibir el acceso del Open Arms a las aguas territoriales y además no devolvió a los migrantes a países donde podrían haber corrido riesgos, sino que confió en que otros Estados considerados "responsables" como España o Malta "podrían acogerlos".
Los hechos juzgados ocurrieron en agosto de 2019 cuando Salvini, como titular del ministerio del Interior, impidió durante veinte días el desembarco en puertos italianos de 147 migrantes rescatados por la ONG española Open Arms en el Mediterráneo central.
Finalmente, intervino el fiscal de la ciudad siciliana de Agrigento (sur) y autorizó el desembarco tras constatar a bordo el estado físico y psicológico de los rescatados: 83 personas que pudieron pisar tierra en la isla de Lampedusa (sur), mientras que el resto había sido evacuado previamente por razones médicas.
A Salvini, líder de la Liga, uno de los socios del Gobierno de Giorgia Meloni, se le juzgó por estos hechos en diciembre de 2024, cuando fue acusado de los delitos de secuestro de personas y rechazo de actos de oficio, por los que el ministerio público le solicitaba una pena de 6 años de prisión.
Sin embargo, los jueces de la segunda sección penal de Palermo, presididos por Roberto Murgia, concluyeron, tras ocho horas de deliberación, que la prohibición de acceso a aguas territoriales italianas no supuso un rechazo ilegal y absolvieron a Salvini.
"Puede excluirse con certeza que el Estado italiano haya rechazado a los migrantes hacia una nación en la que exista un riesgo razonable de sufrir un perjuicio a su vida, a la libertad o a la integridad psicofísica", en alusión a Libia, según se lee en la sentencia. EFE
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