Madrid, 7 abr (EFE).- La UEFA aclaró que el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) no ha resuelto que la libertad de expresión pueda justificar que los aficionados haga declaraciones ofensivas, en la resolución que anula la multa de 5.000 euros al club femenino noruego Brann por la exhibición de pancartas con el mensaje "UEFA mafia".
En un comunicado, la UEFA confirmó haber recibido el laudo del TAS, en el que se anula la multa al Brann por el mal comportamiento de un grupo de seguidores, y afirmó que "los medios de comunicación se han hecho eco de varias comunicaciones engañosas y no exactas".
Según explicó, "en el presente caso, el TAS no ha afirmado en modo alguno que la libertad de expresión pueda justificar que los denominados 'aficionados' hagan declaraciones ofensivas".
"Además, el TAS ha confirmado que 'la UEFA tiene el legítimo interés reglamentario de garantizar la seguridad pública y evitar desórdenes o conductas impropias durante un partido de fútbol'", subrayó.
La UEFA insistió en que sus órganos disciplinarios seguirán aplicando su política de tolerancia cero contra las conductas inapropiadas para garantizar que los partidos de la UEFA no sean escenario de comportamientos violentos, racistas u ofensivos impropios de un acontecimiento deportivo.
El Brann fue multado por la UEFA el año pasado por la exhibición de pancartas en partidos de la Liga de Campeones, que consideró al club responsable de una infracción de su reglamento, y la sanción fue ratificada por el Comité de Apelación de la UEFA.
El club recurrió posteriormente al TAS, ante el que argumentó que el mensaje "UEFA mafía" debía interpretarse a la luz de derechos humanos fundamentales como la libertad de expresión. EFE
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