
La portavoz de Igualdad del PSOE, Andrea Fernández, ha llamado a todos los grupos parlamentarios a que "secunden" y "trabajen" en el texto para prohibir el proxenetismo. "Una vez presentada esta proposición de ley quiero hacer un gran llamamiento a todos los grupos parlamentarios para que secunden y trabajen en este texto y que este inicio de camino para la abolición de la prostitución conté con el apoyo mayoritario de todos los grupos que componen esta Cámara", ha asegurado Fernández en declaraciones a los medios tras registrar la Proposición de Ley Orgánica para prohibir el proxenetismo en todas sus formas en el Congreso. Asimismo, ha recalcado que "es un día muy importante" para el Partido Socialista y ha recordado que esta proposición de ley ya se presentó en la pasada legislatura, pero por el fin de la misma decayó y no tuvo oportunidad de ser aprobada pese a que en aquel momento ya contaba inicialmente con los apoyos pertinentes para salir adelante. Igualmente, ha añadido que trabajarán para contar con el apoyo del PP y que "por supuestísimo" también hablarán "con Sumar y con todos aquellos grupos políticos que apoyan al gobierno". "Porque entendemos que esta es una iniciativa, como digo, de calado democrático e insisto que inicia un camino hacia la abolición de la prostitución en España", ha precisado. Respecto al texto registrado, Fernández ha señalado que es "esencialmente" el mismo, con "algún ajuste técnico". SUBE LA PENA DE PRISIÓN, DE DOS A CUATRO AÑOS En concreto, este nuevo texto hace una modificación en el artículo 187.2. La pena de prisión se subirá de dos a cuatro años, en lugar de uno a tres, que es lo que exponía el anterior, "a quien, con ánimo de lucro, promueva, favorezca o facilite la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de la misma". También realiza un cambio en el 187.3., donde se incluye una nueva letra que añade que "agrava la penas cuando la víctima sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor". Finalmente, el último cambio se encuentra en el 187.ter 2., que refleja que, en el caso de que la persona que presta el acto de naturaleza sexual fuese menor de edad o persona en situación de vulnerabilidad, se impondrá la pena de prisión de uno a tres años y multa de 24 a 48 meses, en lugar de 18 a 24 meses "para adecuarlo a lo que dispone el Código Penal" (la extensión máxima de la pena de multa no puede superar los 24 meses).
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