Lima, 5 oct. El Tribunal Constitucional (TC) de Perú rechazó una demanda presentada contra la ley que facultó a los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) del país a retirar montos de sus aportes, informaron este miércoles fuentes oficiales.
La demanda, presentada por el Colegio de Abogados de Lima Sur, señalaba que los artículos 1 y 3 de la ley vulneraban la seguridad social, la intangibilidad de los fondos de pensiones, la sostenibilidad del sistema pensionario y el derecho a la salud.
Sin embargo, tras analizar la causa, el TC la declaró "infundada", por considerar que la ley se dio en "un contexto de excepcionalidad que antecedió" a su expedición, en referencia al impacto económico que causó en el país la pandemia de la covid-19.
Añadió que lo dispuesto fue temporal y de alcance limitado, y que la situación de excepcionalidad justifica que las autoridades tomen medidas rápidas, "oportunas e idóneas para aliviar la situación económica de los hogares y las empresas".
Esto, indicó, se hizo "en defensa de sus derechos y libertades económicas y, en general, en resguardo de la economía del país, dentro del marco de posibilidades que establece la Constitución y las leyes".
El TC entendió que la naturaliza jurídica del Sistema Privado de Pensiones (SPP) no corresponde a la seguridad social y, por tanto, el artículo 1 de la ley impugnada no incide en la intangibilidad de los fondos, por lo que consideró "lícito" que los afiliados puedan destinar sus fondos a una aplicación distinta a las que justificaron su creación.
Aclaró, sin embargo, que los fondos son intangibles "frente a intervenciones arbitrarias del Estado", por ser un patrimonio de los afiliados protegido por la garantía de inviolabilidad del derecho de propiedad y la garantía del ahorro, contempladas en la Constitución.
El pleno del TC también exhortó al Congreso y al Ejecutivo para que "articulen esfuerzos, para legislar en tiempo razonable una reforma integral del sistema de pensiones, público y privado".
La finalidad de esa reforma, sostuvo, debe ser "que se constituya en un auténtico sistema de seguridad social, que cumpla con los fines del Estado Social y Democrático de derecho", declarados en la Constitución peruana.
El Congreso de Perú autorizó durante los últimos dos años seis retiros extraordinarios de fondos de las AFP, el último de ellos en mayo de este año, hasta por 18.400 soles (unos 4.700 dólares) con el objetivo de ayudar a aliviar la situación económica de los afiliados al sistema, afectados por el impacto de la pandemia en el país. EFE
dub/laa
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