La demanda judicial contra Moreno fue realizada por el director de Finsoport y ex viceministro de Economía en 2002, Jorge Todesca, luego de que la consultora fuera sancionada por difundir sus estimaciones inflacionarias.
Desde la Secretaría de Comercio se aplicaron en 2011 multas de hasta 500.000 pesos a varias consultoras que realizan investigaciones económicas y que revelaban que el costo de vida era mayor al de los números oficiales del kirchnerismo.
Los fundamentos de las sanciones que aplicó Moreno se basaron en la aplicación del artículo 9 de la ley de lealtad comercial. Ese artículo le permite al Estado multar a una empresa que, mediante publicidad inexacta, induce a engaño a los consumidores.
El lunes, como paso previo a la declaración de Moreno, prestaron su testimonio Fernando Carro, actual director de la Dirección Nacional de Comercio Interior, y Adalberto Gabriel Rotella, director de Lealtad Comercial, de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor de la secretaría que encabeza Moreno.
Estuvieron cerca de las 11, en el cuarto piso del edificio de la zona de Retiro, y los dos funcionarios se limitaron a señalar que cumplían con sus funciones.
El accionar de Moreno en la lucha contra la inflación fue elogiado por el jefe de la comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados, el kirchnerista Roberto Feletti, quien consideró que "la estrategia de Moreno fue brillante" y defendió la implementación de la Supercard y el congelamiento de precios.
En la misma línea, la diputada Diana Conti sostuvo que "todos tienen que ser militantes y controlar los precios" y abogó por trabajar para reducir "el nivel de pobreza que existe realmente".
Conti destacó que el del Frente para la Victoria era "un proyecto colectivo" que se sostiene con argentinos que "apoyan los cambios y que no haya abusos en contra del bolsillo ciudadano".
En cambio, el ex presidente del Banco Central Martín Redrado reprochó que, frente a la inflación, el Gobierno "no da muchas alternativas de inversión" y volvió a recomendar comprar cocheras o invertir en ladrillos entre las opciones para resguardar el valor de los ahorros en pesos.
"Hoy por hoy con la inflación que tenés es difícil guardarse los pesos, por lo tanto, mi recomendación es encontrar mecanismos que permitan resguardar tus ahorros", señaló.
Por qué fue citado a declarar Moreno
Para el juez, Moreno no tenía facultades para multar a las consultoras privadas que determinaban -y lo siguen haciendo- que la inflación es menor a la que establece el INDEC, intervenido políticamente por el propio secretario de Comercio desde 2007.
Para quienes cometen los delitos por los que será indagado Moreno, el Código Penal establece que: "Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere".
Bonadío tiene a su cargo la causa penal iniciada a partir de la denuncia de uno de los consultores: Jorge Todesca. El juez tomó varias declaraciones testimoniales a los consultores económicos y luego de recabar información citó a Moreno.
Se incorporó al expediente de Bonadío la resolución de cuatro de las cinco salas de la Cámara Contencioso Administrativo Federal de mayo pasado donde se dejaron sin efecto las multas. Es que cuando les aplicaron las multas las consultoras apelaron en el fuero Contencioso Administrativo.
Las consultoras involucradas en el fallo de la Cámara son Ecolatina, FIEL, EconViewsEconomía & Finanzas, Eco Go (Estudio Bein & Asociados), Finsoport, Gabriel Rubinstein & Asociados y Buenos Aires City, de la ex directora de Precios del INDEC Graciela Bevacqua, quien se desempeñó en ese organismo estatal hasta la intervención oficial de Moreno.
La Cámara consideró que la divulgación de las estimaciones de inflación no sólo no constituye "publicidad comercial" o "propaganda", sino contenidos de información pública y técnica, que, como tales, "no revisten idoneidad suficiente para inducir a error, engaño o confusión a un destinatario respecto de los precios y condiciones de determinados bienes de consumo". Además, estableció que el hecho de que las consultoras usen fuentes externas para elaborar su información no implica que sus estimaciones sean susceptibles de inducir a error.
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