La Corte Suprema de la Nación rechazó ayer el recurso de per saltum presentado por el Gobierno. Según argumentó, el escrito adolecía de falencias técnicas que hacían inadmisible su tratamiento. Los ministros del tribunal ni siquiera llegaron a analizar si la decisión apelada –la medida cautelar a favor de Clarín- está ajustada a derecho o no.
Esa puerta abierta es la que le permite al Gobierno insistir con la vía recursiva. Esta vez utilizará caminos más tradicionales e intentará llegar a la Corte a través de un Recurso Extraordinario por cuestión federal, que será presentado en las próximas horas por abogados de la Jefatura de Gabinete.
Si bien la Corte volvió a pedir celeridad en todas las cuestiones vinculadas con la causa de la Ley de Medios, la sustanciación de un Recurso Extraordinario no es automática y su análisis podría aplazar las definiciones recién para el próximo año.
De acuerdo a las normas procesales vigentes, el Recurso Extraordinario debe ser presentado ante el Tribunal cuya resolución quiere cuestionarse, en este caso, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal.
La Cámara deberá darle traslado al Grupo Clarín por 10 días hábiles, es decir, abrirá la posibilidad de que la contraparte opine sobre la cuestión y recién allí se expedirá sobre la admisibilidad del recurso; la Cámara concede o no la elevación del caso a la Corte, no se expide sobre las cuestiones de fondo que el Gobierno viene a impugnar.
Ante un eventual rechazo de la admisibilidad del recurso, el Gobierno aún tiene la posibilidad de presentar un Recurso de Queja directamente en la Corte, lo que le daría otra posibilidad de que el máximo tribunal se refiera a la extensión de la medida cautelar.
En el fallo que rechazó el per saltum, el magistrado Raúl Zaffaroni coincidió con el resto de los ministros en que no estaban dadas las condiciones para avalar el tratamiento del recurso, no obstante advirtió que en caso de verificarse una contradicción entre lo dispuesto por la Cámara y las resoluciones de tribunales inferiores, "podría importar un alzamiento de la instancia ordinaria", como consecuencia del "grave desconocimiento de la autoridad del Tribunal como máxima instancia de control de constitucionalidad".
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