La Sala Tercera de la Cámara confirmó un fallo de primera instancia que avaló el Decreto 936/11, "que prohíbe los avisos que promuevan la oferta sexual o hagan explícita o implícita referencia a la solicitud de personas destinadas al comercio sexual, por cualquier medio, con la finalidad de prevenir el delito de trata de personas con fines de explotación sexual y la paulatina eliminación de las formas de discriminación de las mujeres".
La Justicia resolvió ante un reclamo que había sido presentado por un grupo de prostitutas, "en su condición de personas que ofrecen y brindan servicios sexuales de manera independiente, para su subsistencia", a las que "se les impide trabajar de manera digna y honesta".
Las meretrices explicaron que "ejercen su actividad de manera independiente, sin intermediarios" y cuestionaron que ninguna de las leyes contra la trata de personas "prevé exclusivamente la publicidad de servicios sexuales por cuentapropistas".
Por el contrario, explicaron que "la actividad que ejercen es lícita y no constituye un mal para la sociedad". "No está prohibido cobrar por sexo, si la decisión de quien ofrece el servicio es libre y consentida, de modo que la publicidad del mismo es perfectamente lícita", subrayaron.
Sin embargo, los jueces Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández replicaron que "se consideró imperioso adoptar medidas tendientes a la eliminación de todas las formas de violencia sexual y trata de personas, en particular con fines de prostitución, que violan los derechos humanos de las mujeres y las niñas y son incompatibles con la dignidad y el valor del ser humano".
Por ello –recordaron– se determinó "la adopción de medidas eficaces en los planos nacional, regional e internacional, con especial referencia a la trata internacional por la cual millones de personas, en un gran porcentaje mujeres y niñas, están siendo explotadas actualmente como víctimas".
"No parece viable que, a las consideraciones que sustentan la medida en cuestión, pueda oponerse el derecho a dar a publicidad una actividad ejercida con fines de lucro, que se halla al menos relacionada con la explotación que se intenta prevenir", resumieron los camaristas.
Más Noticias
MIMP denuncia a sujeto que golpeó a su hija con una correa en plena vía pública en Trujillo: “La violencia no es corrección”
Las autoridades recordaron que el castigo físico contra niños y adolescentes está prohibido por ley y puede ser sancionado con hasta tres años de cárcel

El costo de la atención médica en México puede ser más alto durante el Mundial, alerta EEUU a sus ciudadanos
La representación diplomática advirtió que la mayoría de los planes de salud no cubren atención fuera del territorio nacional

Más espacio y menos desorden: truco de diseñadores para colgar el TV sin racks tradicionales
La nueva tendencia busca integrar la televisión al diseño del living mediante soluciones personalizadas que ocultan cables y dispositivos electrónicos

Carlos Carrillo recibió con “sorpresa” la suspensión ordenada por la Procuraduría por participación política: “Nunca promoví a candidato alguno”
El director de la Ungrd aseguró que en ningún momento se aprovechó de su cargo ni de los recursos públicos para impulsar una candidatura a la Presidencia de la República

La gran noticia que recibió Lionel Scaloni a 14 días del debut de la selección argentina en el Mundial 2026
Cristian Romero y Julián Álvarez se entrenaron a la par de sus compañeros en los Estados Unidos. El panorama completo de los lesionados
