1- Porque yo lo digo
Con el nuevo Código, bastará con que uno de los cónyuges quiera divorciarse para disolver el vínculo. Además, no se tendrá que esperar, como sucede en la actualidad, un período de tres años para comenzar los trámites del divorcio.
2- La infidelidad no será causal de divorcio
La nueva reforma eliminará el deber de fidelidad de la pareja, y no será necesario brindar un motivo para justificar la decisión de terminar el vínculo. La sola voluntad de uno de los cónyuges es suficiente para solicitar el divorcio.
3- Bienvenida la separación de bienes
Las parejas que van a casarse podrán firmar un contrato para mantener separados sus bienes, algo que es común en muchos países del mundo pero que no se contempla en el actual –que rige desde 1869– Código Civil.
4- El abandono de hogar, abandonado
Los cónyugues no estarán obligados a vivir en un mismo domicilio, por lo cual el concepto de "abandono de hogar" como causal de divorcio queda eliminado.
5- Más reconomientos para la convivencia
Las personas que estén viviendo juntas bajo un mismo techo hace dos años o más adquieren una serie de derechos que los homologan a quienes estén casados, como por ejemplo aquellos referidos a la protección de la vivienda y beneficios de asistencia.
6- Adopción igualitaria
En matería de adopción, fertilización in vitro y gestación por sustitución de vientre, las parejas homosexuales tendrán los mismos derechos que las heterosexuales, retomando la agenda igualitaria que convirtió en ley el matrimonio entre personas del mismo sexo en julio de 2010.
7- Alquiler de vientres, pero sin honorarios
Las personas que no puedan gestar un hijo podrán arreglar un contrato, a través de un juez de la Nación, para que una mujer lleve adelante el embarazo, pero ésta no podrá percibir dinero por tal acción. Podrán hacerlo personas heterosexuales, gays, travestis y transexuales.
8- Hay vida después de la muerte
La reforma permitirá la fecundación después del fallecimiento del hombre, si la pareja congeló previamente embriones y la mujer desea seguir adelante con la implantación. Se prevé un plazo máximo de un año para llevar adelante el procedimiento.
9- Mi cuerpo, mi decisión
Los chicos de entre 13 y 16 años podrán someterse a un tratamiento de salud que no dañe su integridad, aun si sus padres se oponen. Por ejemplo, un adolescente que quiera una transfusión de sangre, aunque provenga de un hogar de Testigos de Jehová.
10- Deudas pesificadas
Los que contraigan deudas en moneda extranjera, podrán cancelar pagando el equivalente de la cifra en pesos nacionales. Como lo aclaró el presidente de la Corte Ricardo Lorenzetti, esta modificación no supone la pesificación de la economía.
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