Google consideró que cumplir con los pedidos de retirar contenidos indexados por su motor de búsqueda atenta contra la libertad de información y expresión.
Asimismo, dijo que trasladar las responsabilidades de lo publicado al buscador y no a la persona que lo publica da una "patente de corso" a los editores, por lo que "proliferará la información perjudicial", que no desaparecerá de internet por mucho que los buscadores no la indexen y ofrezcan como resultado de las búsquedas.
Estos son algunos de los argumentos utilizados por el abogado de la compañía, Javier Aparicio, en la vista celebrada en la Audiencia Nacional de la primera demanda que Google ha presentado contra la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
El buscador rehúsa ejecutar una serie de resoluciones de la AEPD por las que se le exige eliminar enlaces a documentos con información supuestamente perjudicial sobre cinco personas que consideran que dicha información atenta contra su honor y buen nombre.
Para la AEPD, no se trata de censurar ningún tipo de información, sino de preservar el derecho a la intimidad de las personas incluso en internet y garantizar el "derecho al olvido", el que hechos ciertos pero perjudiciales del pasado de una persona no sean recordados permanentemente por los buscadores.
"Lo que no se puede proponer es un escenario en el que los derechos individuales no tengan vigencia ante la inmensidad de internet", ha argumentado uno de los abogados.
Se trata de cinco casos en los que otras tantas personas se han dirigido a Google para evitar que sus nombres salgan siempre asociados con hechos negativos ocurridos años atrás y que fueron publicados en su momento en boletines oficiales y -en un caso- en el diario El País.
En su defensa, Google ha argumentado que los buscadores indexan términos "continua, automática y masivamente" sin reparar en el contenido, por lo que los responsables últimos de que esa información aparezca o no son las páginas que albergan dichos documentos.
Aunque ha reconocido que es posible eliminar un enlace del índice ha subrayado que la información seguirá en internet accesible a todos y que al eliminar un nombre propio se eliminaría el acceso a la información sobre cualquier persona con el mismo nombre.
Así, ha puesto como ejemplo que uno de los afectados, Carlos Val Cava de Llano, comparte apellido con la actual Defensor del Pueblo.
El que cada particular pueda decidir sobre qué información suya aparece en la red supondría que "internet perdería su objetividad" ya que todo el mundo borraría la información perjudicial.
"El derecho al honor no es el derecho a que no hablen de uno, sino el derecho a que no se digan mentiras", ha subrayado Aparicio.
Para Google, el responsable de los contenidos de cualquier documento o página no puede ser el buscador que los localiza, sino el 'webmaster' o editor que los publica, para quien los buscadores "son meros intermediarios y por eso no son responsables".
Por su parte el abogado del Estado ha argumentado en representación de la AEPD que los buscadores no son meros intermediarios sino "facilitadores" y, como tales, deben ser responsables.
Así, en uno de los casos objeto de estudio, la información aparece publicada en el Boletín Oficial del Estado, de donde no puede desaparecer, pero donde es difícil de localizar y difundir.
Gracias a Google, esa información aparece "cada vez que se busca el nombre de mi clienta; por lo que Google sí es responsable" ha argumentado uno de los letrados.
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