Le dan 14 años por asesinar a taxista en Recoleta

La Cámara de Casación dejó firme la condena a un delincuente acusado de haber matado al conductor de un balazo en la espalda en un robo, según un fallo al que tuvo acceso Infobae.com

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La Cámara de Casación dejó firme una condena a 14 años de prisión a un hombre acusado de haber asesinado a un taxista de un balazo en la espalda en un robo, el 12 de febrero de 2003, en el barrio de Recoleta, según un fallo al que tuvo acceso Infobae.com.

Se trata de Amilcar Rafael Cardozo, quien había sido condenado por el Tribunal oral en lo criminal 4 por el delito de "homicidio en ocasión de robo, agravado por su comisión por arma de fuego y tenencia de arma de guerra" por el crimen de Néstor Martín Limardo, quien en el momento de su muerte tenía 31 años y trabajaba como taxista.

Contra esa sentencia, la defensa interpuso recurso de casación, que ahora fue rechazado por la Sala I del máximo tribunal penal del país, confirmando de esa manera la condena.

El hecho ocurrió a la medianoche del 12 de febrero de 2003 cuando Cardozo y un cómplice que hasta el día de hoy no fue identificado se desplazaban como pasajeros en un taxi conducido por Limardo.

Al llegar al cruce de la Av Libertador y Pasaje Schiaffino, y tras fracasar el intento de despojar de sus pertenencias al taxista, los delincuentes le dispararon por la espalda con una pistola Browing calibre 9 mm, provocándole la muerte.

La fuga de ambos delincuentes fue observada por dos policías, uno de los cuales detuvo a Cardozo en la plaza ubicada en Posadas y Pasaje Schiaffino.

Los abogados del condenado objetaron las declaraciones de testigos porque no presenciaron el hecho y llegaron al lugar cuando ya se había producido y se estaba procediendo a la detención de Cardozo, argumentos que fueron rechazados por la Cámara.

"En efecto, constan en la causa sobrados elementos que disipan la duda en la que la defensa pretende fundar la ajenidad de su defendido con el homicidio investigado", dijeron los camaristas Alfredo Bisordi, Raúl Madueño y Liliana Catucci.

El condenado también protestó porque se omitió en el juicio valorar el "dermotest" y "la prueba de parafina", a pesar de lo cual se dio por acreditado que el acusado era el que portaba el arma de la que luego se deshizo.

Ese argumento también fue rechazado por la Casación al recordar que el tribunal del juicio dejó en claro que no resultaba posible establecer cual de los imputados había hecho el disparo.