La Compañía del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA) notificará "a partir de hoy a las empresas industriales sobre los sistemas de medición de demanda que deberán instalar para activar, dentro de los próximos treinta días" el régimen de Energía Plus, indicaron a DyN voceros del Ministerio de Planificación Federal.
Anunciado mediante la resolución 1281, en septiembre último, el régimen debía entrar en vigencia hoy miércoles, pero en los hechos Energía postergó dicho plazo al requerir, la semana pasada, el informe sobre "condiciones técnicas y operativas" del referido sistema de medición.
En un contexto de fuerte demanda energética, el Servicio de Energía Plus fue ideado por el gobierno para aprovechar la disponibilidad de generación adicional que tienen empresas generadoras, cogeneradoras o autogeneradoras, que hasta hoy no son agentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
El régimen requiere de sistemas de medición de demanda energética igual o superior a los 300 kilowats hora (KWh), planteado como punto de partida del ingreso al servicio plus.
En las últimas semanas hubo discusiones técnicas y legales entre los actores del sector energético y el gobierno referidas a la aplicación de la resolución, y se consideró que el costo de implementación de estos sistemas de medición sería asignado al Fondo de Estabilización, administrado por CAMMESA.
Este servicio busca satisfacer los incrementos de demanda de Grandes Usuarios, o la demanda "adicional", por exceso de la "Demanda Base", determinada por el consumo que las empresas industriales registraron en 2005.
Por la misma resolución 1281 el gobierno dispuso que la energía que comercializan en el Mercado "Spot" (de precio variable) las usinas hidroeléctricas y nucleares dependientes del Estado deberá ser dirigida prioritariamente a satisfacer las demandas residenciales, y de pymes comerciales e industriales.
La norma 1281 establece que quienes oferten y demanden esta energía adicional celebrarán contratos a un precio monómico compuesto por los costos asociados y un margen de utilidad, avalados por la propia Secretaría de Energía.
En ámbitos del sector energético se descuenta que el precio final de esta electricidad será mayor al que rige para los usuarios residenciales y pymes.
El punto de entrega de la potencia adicional será el centro de cargas del sistema, por lo que el generador deberá abonar el cargo variable de transporte hasta dicho nodo, y el demandante pagará el cargo variable de transporte desde allí al punto de suministro.
La cartera a cargo de Daniel Cameron justificó la resolución señalando que "el sostenido crecimiento de la demanda de energía eléctrica, derivado de la recuperación económica producida desde 2003 requiere la toma de decisiones que permitan garantizar su abastecimiento".
La creación del Servicio Energía Plus refiere a un acuerdo firmado por Planificación con la Unión Industrial Argentina el 24 de agosto, que busca alentar a los empresarios a la instalación de equipos de generación propios, que pasarían a integrar el MEM.
Cada contrato habilitado en el marco del Servicio Energía Plus recibirá una remuneración mensual, en función de la aprobación de costos y del margen de utilidad definido por la cartera de Energía, "ad referendum" de Planificación.
Además de los usuarios GUMAS y GUMES podrán suscribir contratos bajo este régimen los distribuidores que actúen por cuenta y orden de sus Grandes Demandas, también con consumos iguales o mayores a los 300 KW de potencia.
El Organismo Encargado del Despacho (OED) recibirá con periodicidad trimestral estacional los contratos celebrados entre los generadores, cogeneradores y autogeneradores y los grandes usuarios, y tendrá diez días corridos de plazo máximo para elevar un informe a Energía con el estudio de costos correspondiente.
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