La justicia otorgó una indemnización por daño moral a una mujer que fue intimada a cancelar la deuda de su tarjeta de crédito bajo apercibimiento de embargo, mediante comunicaciones de tono "amenazante e intimidatoria", cursada por un abogado de una entidad bancaria.
El fallo fue dictado por la Cámara Nacional en lo Comercial contra un letrado representante del Lloyds Bank en las gestiones de cobranza, a favor de una cliente de la institución María Elena Frascara, aunque la demanda no prosperó respecto del banco, según informaron fuentes judiciales.
Los jueces sostuvieron que como la nota cursada a la mujer para saldar su deuda con el banco contenía "indicación de decisión de ejecutar, dando aviso de que procederán a embargar, sin indicar monto adeudado, ni fijar plazo para recibir el pago, se debe concluir que su tono era cuanto menos intimidatorio y amenazante", de acuerdo al fallo.
A su vez, la Cámara cuestionó el hecho de se hayan enviado cartas a los directores de los establecimientos educativos donde la mujer cumplía labores docentes que daban cuenta de la existencia de deuda en mora y de los infructuoso de las diligencias de cobro intentadas.
Para la Cámara el representante del banco ejerció "presión" sobre la cliente al enviar las cartas a las autoridades educativas en las que se les solicitaba a estas a informar a la deudora sobre esa comunicación, a fin de que la mujer se pusiera en contacto con el estudio para resolver la situación.
"La difusión -mediante el envió de cartas con esos pedidos de informes y advertencias adicionales-, logró que en el ámbito laboral en el que se desempeñaba la demandada se divulgara la situación que se le atribuía -deudora morosa", dice el fallo.
Por ello, "si se agrega la amenaza e intimidación recibida por Frascara -la aludida cédula "NPE"-, debo concluir que indudablemente se produjo la afectación de sus sentimientos, padecimiento por demás razonable en una profesional de la educación; deviene por ello procedente el reclamo de daño moral que fijo en la suma de $ 4.000.", opinó uno de los camaristas.
"El proceder del abogado no fue el que corresponde a un profesional actuando con la debida diligencia; se orientó principalmente a presionar, intimidar y amenazar, comprometiendo de ese modo su responsabilidad", sostuvo la Cámara.
En cambio, la Cámara entendió que el banco no es reponsable al señalar que "el obrar ilícito del mandatario no puede ser atribuío al mandante (banco) ni comprometerlo en los daños ocasionados por aquél profesional, con lo cual la reconvención contra el Lloyds TSB Bank debe ser desestimada".
Más Noticias
México vs Costa Rica sub -17 femenil Premundial 2026 en vivo
Las mexicanas buscarán asegurar su pase al Mundial Sub - 17 Femenil tras un gran paso por el Premundial de la Concacaf 2026

Petro aconsejó a José Antonio Kast sobre la “codicia” tras su rechazo al progresismo: “Es más importante la vida que el oro”
El presidente colombiano reaccionó de manera inmediata ante el anuncio de su homólogo en Chile sobre la eliminación de 43 decretos ambientales, al destacar la importancia de priorizar la existencia misma sobre la riqueza

Las tribunas tubulares que estrenó Estudiantes de Río Cuarto para recibir a River Plate
El elenco cordobés realizó una obra inusual para aumentar la capacidad del estadio Antonio Candini

Exatlón México: quién sale eliminado hoy 22 de marzo
El programa tiene en riesgo a las mujeres en esta semana, pero hay dos nombres que resuenan entre fans

Las fotos de Reese Witherspoon en Buenos Aires para celebrar sus 50 años: “Hay que reír todos los días que se pueda″
La actriz sorprendió al elegir la capital argentina para un viaje diferente donde visitó museos, probó la reconocida gastronomía local y compartió momentos especiales lejos del bullicio de Hollywood
