"Por vía oral también es violación"

En el Chaco, un depravado sexual fue acusado por la Justicia de ese delito porque obligó a una menor a que le practicara sexo oral

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El que una persona sea obligada a practicarle sexo oral a una persona se considera violación, según una reforma del Código Penal provincial del Chaco.

La Cámara Segunda en lo Criminal de Presidencia Roque Sáenz Peña consideró que el hombre de 27 años era el autor responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma.

Por este hecho, fue condenado a nueve años de prisión, inhabilitación absoluta perpetua por igual término, tras considerar debidamente probado que había accedido carnalmente a una menor de diez años de edad obligándola, a través de amenazas y con empleo de un cuchillo, a que le succionara el pene.

La violación ocurrió cuando el depravado le dijo a la pequeña que ingresara a su casa que allí estaba su madre, que le compraría un número de la rifa que estaba vendiendo.

Según el relato de la víctima, el malviviente cerró la puerta con llave y le tapó la boca con la mano, amenazándola con un cuchillo, diciéndole que debía hacer lo que le dijera porque de lo contrario la mataría. Del comedor la llevó a la pieza, donde hizo que le practicara sexo oral.