Oficializaron la reestructuración del IOSFA y separaron la obra social de los militares de la de los policías

El Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad atravesaba fuertes dificultades para funcionar debido a una crisis financiera. La deuda que enfrenta ronda los 200 mil millones de pesos

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El Gobierno oficializó la reestructuración del IOSFA

El Gobierno oficializó una decisión que ya habían anticipado a finales de 2025: la reestructuración integral del IOSFA y la creación de dos nuevas entidades autárquicas, separando de forma definitiva la cobertura de salud de los militares y la de los policías federales. El anuncio, que impacta directamente sobre más de 500 mil beneficiarios, responde a demandas históricas de ambos sectores y marca un punto de inflexión en la gestión de la salud pública para las fuerzas de defensa y seguridad.

Las autoridades tomaron esta decisión con el objetivo de enfrentar la crisis financiera que atraviesa el Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. La deuda que mantiene ronda los 200 mil millones de pesos. Desde el Gobierno consideran que estos problemas operativos derivan de irregularidades en la gestión de las administraciones anteriores.

Entre las poblaciones más golpeadas por el deterioro de la entidad se encuentra Punta Alta, donde, según datos de la Asociación de Trabajadores Estatales (ATE), de los 77.000 habitantes, 42.000 dependen de IOSFA y llevan meses sin acceder a servicios básicos de salud.

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Frente a este diagnóstico, el ministro de Defensa, Carlos Presti, mantuvo reuniones con el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Caputo, en busca de alternativas viables para rescatar a IOSFA del colapso. La reorganización planteada consiste en una división estructural del organismo.

El ministro de Economía, Lusi Caputo, junto al jefe de Gabinete, Manuel Adorni

De esta manera, la flamante Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA) nace como ente autárquico con personería jurídica propia, bajo la órbita del Ministerio de Defensa. Su ámbito de acción se extiende a todo el territorio nacional, con la misión central de “brindar cobertura para la atención médico asistencial y social a la totalidad de la población beneficiaria”, de acuerdo con el Programa Integral de Prestaciones que apruebe su propio Directorio. El decreto estipula que las prestaciones jamás podrán ser inferiores al Programa Médico Obligatorio aprobado por el Decreto N° 492/1995, ni a futuras actualizaciones.

La OSFA contará con un directorio integrado por representantes de cada una de las fuerzas armadas. Esta estructura garantizará, según el Ejecutivo, una conducción especializada y alineada con las necesidades particulares de cada institución militar. El Ministerio de Defensa ejercerá la fiscalización y el control de la nueva obra social, actuando como autoridad de aplicación y responsable último de su funcionamiento.

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La obra social abarca a todo el personal militar

En paralelo, se establece la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG) como ente autárquico dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional. Su principal objetivo es la cobertura médico-asistencial y social para el personal de la Gendarmería Nacional Argentina, la Prefectura Naval Argentina y eventuales futuras incorporaciones de otras fuerzas federales.

Esta desarrollará sus funciones a nivel nacional, bajo estrictos parámetros de control por parte del Ministerio de Seguridad Nacional.

El Directorio de la OSFFESEG estará integrado por cinco miembros titulares, todos serán designados y removidos, en caso de ser necesario, por el Ministerio de Seguridad. La presidencia recaerá en una persona con probada idoneidad y antecedentes técnicos en gestión pública o privada. El decreto exige que todos los miembros demuestren competencia y formación en administración, así como experiencia en organismos complejos.

La OSFFESEG alcanza a Gendarmería y Prefectura (EFE)

La OSFA Tendrá como afiliados titulares al personal militar en actividad, personal civil de las Fuerzas Armadas, empleados directos de la obra social, retirados y pensionados. A ellos se suman los beneficiarios incorporados, que int tegran el grupo familiar primario del titular, incluyendo cónyuge o conviviente, hijos menores de 21 años y, bajo ciertas condiciones, hijos mayores hasta los 25 años que cursen estudios formales. Según lo dispuesto, el directorio podrá autorizar la incorporación de afiliados adherentes, siempre que no posean otra cobertura de salud y cumplan con los requisitos de sustentabilidad financiera.

Mientras tanto, la OSFFESEG incorpora como titulares al personal con estado militar de Gendarme en actividad, personal policial en actividad de la Prefectura Naval Argentina, personal civil en relación de dependencia en ambas fuerzas, empleados de la propia obra social y personal retirado o pensionado de ambas instituciones. El grupo familiar primario de cada titular también accede a la cobertura, con condiciones similares a las fijadas para la OSFA. Además, el Directorio de la OSFFESEG tiene la facultad de admitir nuevos afiliados adherentes, siempre que se acredite la viabilidad financiera y se trate de personas sin otra cobertura.

Presti puso a IOSFA como uno de sus primeras prioridades de gestión

Ambas obras sociales contarán con una estructura financiera basada en los aportes personales de los afiliados, contribuciones patronales, cuotas y aranceles de adherentes, ingresos por ventas de activos, recursos asignados por la Ley de Presupuesto Nacional y donaciones. El porcentaje de aportes y contribuciones se calculará sobre todos los conceptos remunerativos y no remunerativos de los haberes, excluyendo asignaciones familiares, gastos y viáticos.

El decreto establece que tanto OSFA como OSFFESEG deberán destinar al menos el 80 % de sus recursos a la prestación de servicios de salud, mientras que los gastos administrativos y de funcionamiento no podrán superar el 8 %. Si existiera un excedente y todas las obligaciones de salud y administrativas estuvieran cubiertas, hasta un 12 % podrá dirigirse a otras prestaciones sociales.

A su vez, autorizaron al directorio de cada institución a formular el reglamento interno, proponer estructuras orgánicas y normativas administrativas, aprobar programas médicos, presupuestos anuales y balances, contratar personal y servicios, fijar políticas de inversión y presentar informes de gestión ante sus respectivos ministerios.

Además, aclararon que ambos equipos de trabajo estarán sometidos a auditorías internas bajo la Sindicatura General de la Nación y deberán cumplir rigurosas normas de incompatibilidad para evitar conflictos de interés.

En esa línea, establecieron que el mandato de los miembros será de cuatro años, con posibilidad de reelección. De manera obligatoria, todos los integrantes deberán acreditar competencia y experiencia en la gestión pública o privada, especialmente en áreas de administración y salud.

Para garantizar la continuidad de servicios, el decreto prevé la transferencia ordenada de activos, personal y derechos desde el IOSFA hacia las nuevas entidades. Durante la transición, un administrador designado por el Ministerio de Defensa y una Comisión Especial Ad-Hoc —con representantes de Defensa, Seguridad, Salud y Economía— supervisarán el traspaso, incluyendo la restitución de bienes, la cancelación de pasivos y la definición de toda la normativa complementaria necesaria.

El proceso contempla la preservación de las prestaciones actuales y la protección de la población afiliada a lo largo de toda la transición. Las sedes centrales de ambas nuevas obras sociales estarán ubicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desde donde operarán sus sistemas y servicios a nivel nacional.

Desde el Gobierno señalaron que la decisión responde a “circunstancias excepcionales que tornan necesario y urgente adoptar medidas inmediatas de reorganización institucional, financiera y operativa del sistema de cobertura de salud”, ante el “desequilibrio estructural y desfinanciamiento que atraviesa el IOSFA”. El Ejecutivo remarcó que la reestructuración permitirá “asegurar la continuidad, regularidad y calidad de las prestaciones médico-asistenciales y evitar una afectación actual o inminente del derecho a la salud de los afiliados”.

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